Banco Popular deberá devolver la inversión a un minorista por «engañar» en la ampliación de 2016

Banco Popular deberá devolver la inversión a un minorista por «engañar» en la ampliación de 2016

11 junio, 2018
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Actualizado: 11 junio, 2018 8:58
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Banco Popular deberá devolver toda la inversión a un particular que acudió a la ampliación de capital de 2016. El juez, en su sentencia, ha basado su decisión en la documentación aportada por la propia entidad financiera a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, CNMV.

Según el Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Barcelona, Banco Popular deberá devolver el total de la inversión a este minorista que adquirió 1.934 acciones por 1.999,04 euros en la ampliación de 2016, por valor de 2.505 millones de euros realizada entre mayo y junio de ese año.

Según la sentencia, la documentación presentada por Banco Popular a la CNMV sobre la ampliación de 2016 no reflejaba la imagen fiel de la entidad financiera. Según el folleto de la emisión, Banco Popular esperaba unas pérdidas de 2.000 millones de euros. No obstante, según las cuentas no reformuladas por Emilio Saracho y su equipo, las pérdidas alcanzaron los 3.485 millones de euros, aunque se añadieron otro centenar más con Saracho ya al frente. «Cuando lo cierto es que las pérdidas a 31 de diciembre de 2016 recogidas en la Memoria de ese año ascendieron a 3.485 millones de euros», apunta la sentencia.

Los datos y estimaciones publicadas en la CNMV «eran como mínimo gravosamente inexactos»

El resultado es un 74% más de pérdidas de los inicialmente previstos, una cifra que el juez tilda de  «manifiestamente contrario al publicitado en el folleto, elevándose al desfase en nada más y nada menos que 1.485 millones de euros», lo que permite concluir que los datos económicos publicitados en el folleto eran «como mínimo gravosamente inexactos«.

Ya en abril de 2017, prosigue la sentencia, el Consejo de Administración del Popular informó a la CNMV de que iba a reformular las cuentas de 2016, «ahondando en mayores pérdidas y desvelando otra serie de importantes irregularidades». Pero en esa comunicación se explica que «esas variaciones no justifican una reformulación de cuentas«, ya que la cúpula de Saracho prefirió utilizar «eufemismos» como ‘reexpresión‘ o ‘revisión’ de cuentas.

Saracho evitó reformular las cuentas para no tener responsabilidades civiles o penales

Si utilizaban la palabra reformulación, las nuevas cuentas las tendrían que firmar el nuevo presidente, Emilio Saracho, que había sustituido en la presidencia a Ángel Ron y que «por nada del mundo quería asumir futuras responsabilidades, civiles y/o penales, de su antecesor».

Ese comunicado provocó una caída del precio de las acciones del 10,44% hasta 0,815 euros, caída que no pararía hasta que al cabo de dos meses, el día 7 de junio de 2017, las acciones dejaron de cotizar. Para el juzgado, «el folleto no desaparece de la noche a la mañana», y al demandante «se le engaña de igual manera» que al que suscribió acciones en la ampliación de junio de 2016.

Existen «pruebas sólidas» que apuntan a que la información que se facilitó al accionista fue, «como mínimo, gravemente inexacta», lo que implica que hubo error claro del consentimiento; la información contable, los datos económicos relevantes y la situación de solvencia y económica que se suministró al accionista «no era ni veraz, ni real».

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