¿Cómo beneficiarse en el IRPF si se tiene un plan de pensiones?

¿Cómo beneficiarse en el IRPF si se tiene un plan de pensiones?

11 abril, 2016
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Actualizado: 11 abril, 2016 0:00
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La Renta Web permite realizar la Declaración de la Renta 2015 vía Internet y desde cualquier dispositivo, como tablets, móviles o PC. Para aquellos declararantes con algún producto de ahorro a largo plazo como un plan de pensiones, un plan individual de ahorro sistemático (PIAS) o un seguro de ahorro individual a largo plazo (SIALP), existen importantes ventajas fiscales que deben aparecer en la Declaración, pero que quizá no aparezca en el borrador, por lo que es muy importante revisarlo.

De esta forma, se tendrá que revisar si estos instrumentos se reflejan en el borrador de la renta, ya que en caso contrario la Agencia Tributaria ha obviado un importante rebaja de hasta 8.000 euros en la base imponible. Este montante es el límite deducible máximo en el IRPF 2015.

Si se han aportado 7.000 euros con una base imponible de 35.000 euros, los impuestos que se pagarán será sobre 28.000 euros. » En muchos casos esta deducción puede hacer cambiar el tramo de IRPF que toca pagar y puede suponer un importante ahorro fiscal», señalan desde CaixaBank. No obstante, se trata de un aplazamiento del pago de impuestos. «Es importante recordar en este punto que, en el rescate de este producto, las aportaciones y rendimientos computan como rentas del trabajo«, ha señalado la entidad.

Asimismo, para la próxima declaración de la Renta 2016, el titular de un plan de ahorro a largo plazo cambie a otro plan, sin que ello le suponga un rescate del producto que deba tributar a Hacienda.

Un PIAS es una herramienta de ahorro con ventajas fiscales. Por ejemplo, si rescatamos el PIAS como renta vitalicia, todos los rendimientos derivados del producto quedan exentos de pagar impuestos. Así, siguiendo el ejemplo de CaixaBank, con una aportación máxima anual como en el plan de pensiones, 8.000 euros, en un PIAS se puede aportar un máximo de 240.000 euros en la vida de todo el producto. Es importante recordar que ahora su rescate es posible a partir de los cinco años y no de los 10, como lo era antes de la última reforma fiscal.

En el caso de disponer de un SIALP, conviene tener en cuenta que no se tributa por el seguro si se mantiene la inversión como mínimo cinco años y no se superan los 5.000 euros por persona y año. Con estos requisitos, de cara a la declaración del IRPF, hay que tener en cuenta que los intereses que genera el producto están exentos de tributación.

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