Cifuentes exige el impuesto a los alquileres en Madrid

Cifuentes exige el impuesto a los alquileres en Madrid

29 febrero, 2016
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Actualizado: 29 febrero, 2016 0:00
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Vivir de alquiler en Madrid será ahora más caro. La Comunidad de Madrid, presidida por Cristina Cifuentes, aplica la recaudación del ITP, un impuesto fijado en 1993 y cuyo destinatario es el inquilino. El impuesto solo se cobra una única vez, en el momento del contrato, y supone cerca del 8% de la mensualidad. Ahora Carmena lo cobrará con intereses de demora.

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales se aplica no solo a la compraventa, sino también a los alquileres, aunque éstos últimos apenas lo han pagado. La Comunidad les exige el pago del impuesto con carácter retroactivo, por lo que habrá que abonar los correspondientes intereses, entre un 8% y un 11%, según el año.

La carta enviada a los inquilinos está firmada por Isabel Asenjo Arroyo, subdirectora general de gestión tributaria de la Comunidad de Madrid, y en ella se exige el pago de este impuesto, donde también se advierte del carácter retroactivo, es decir, del pago de los intereses de demora. El impuesto en un principio hay que abonarlo en el momento de hacer el contrato y sólo se abona una única vez.

Desde su instauración, en 1993, el impuesto se ha ido derivando solo a las operaciones de compraventa de inmuebles, dejando el alquiler fuera. No obstante, la norma de Hacienda sí recoge el alquiler, por lo que los madrileños que no lo hayan abonado tendrán que hacerlo ahora. Es la primera vez que se exige el pago de este impuesto, y se abre la puerta ahora a otras CC AA a caminar los mismos pasos que Madrid.

En Madrid se exige el pago del impuesto desde 2012, al tiempo que en los próximos meses se enviarán nuevas cartas con la cantidad a liquidar junto con el número de cuenta.

Quienes las reciban tienen 10 días para presentar alegaciones, aunque según los expertos consultados por Idealista, la realidad es que al ser un impuesto no cabe otra que pagarlo. El impuesto se paga una única vez, por lo que los inquilinos deberán abonar unos 86,4 euros por un contrato de 600 euros y lleven tres años de demora. El abono del impuesto puede hacerse con documentos timbrados o con el modelo 600 de la Agencia Tributaria en los 30 días hábiles posteriores a la firma del contrato.

De este Impuesto se libran empresas y profesionales que tengan su sede en alquiler, ya que este impuesto va dirigido al uso de vivienda habitual.

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