¿Cómo se deben cobrar las horas extra?

¿Cómo se deben cobrar las horas extra?

13 marzo, 2018
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Actualizado: 13 marzo, 2018 16:19
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El 58,7% de los trabajadores que hacen horas extra en su empresa no recibe retribución económica, la mayoría no son compensados de ninguna manera (46,4%), en tanto que una minoría (12,3%) recibe descansos a cambio, según los datos de Infoempleo y Adecco.

De acuerdo con una encuesta realizada por ambas empresas, el 47,6% de los trabajadores no se siente valorado en su empresa, un dato que relaciona con que el 51,2% opina que su empleo está por debajo de su formación, lo que representa dos puntos más que el año pasado.

Además, a pesar de que el 66,7% de los trabajadores está contento con su empleo, el 41,1% de los mismos asevera estar buscando un nuevo puesto de trabajo porque las condiciones laborales que tiene en la actualidad no son las que desea.

En cuanto a las perspectivas de futuro, la mayoría cree que en dos años será más difícil (39,3%) o igual (43,9 %) encontrar nuevas oportunidades laborales ya que la oferta de empleo es cada vez menor.

Por otro lado, el temor a perder el puesto de trabajo en los próximos meses desciende, ya que el 58 % cree que esto no va a suceder, 1,1 puntos porcentuales más que el pasado año.

El 42 % se muestra inseguro sobre su futuro laboral, bien sea porque tiene un contrato temporal (27,9%), bien porque su empresa tiene problemas financieros (5,8%), por reducciones de plantilla (5,2%) o por malas relaciones con su superior (3,1%).

A largo plazo, el 73,7% de los encuestados cree que no se jubilará en su actual empresa, el 23,3% no lo sabe con certeza pero le gustaría que ocurriera y solo el 3% ve posible terminar su vida laboral en la misma compañía.

Según ha publicado idealista.com, dependiendo de la forma en la que la empresa recompense ese trabajo extra se deben cumplir unos condicionantes u otros.

A) Descanso: en el caso de que la compañía compense las horas de más con descanso, éste debe poder disfrutarse dentro de los cuatro meses siguientes a los que fueron realizadas.

B) En nómina: si la compensación es monetaria, ésta tiene que estar reflejada como tal en la nómina del trabajador. “No cabe su compensación o absorción con ningún otro concepto salarial diferente, como incentivos o primas”, insiste.

Las denuncias, a Inspección de Trabajo

En el caso hipotético  de que la empresa se salte la ley y decida no retribuir ese tiempo de trabajo extraordinario, la mejor opción es denunciar la situación ante las oficinas de Inspección de Trabajo.

Ahora bien, según aclara Sanahuja, el proceso no es tan sencillo como parece. “Se necesitará tener alguna prueba de que se han trabajado dichas horas (cuadrantes, algún testigo…), y solo se podrán reclamar las horas de más realizadas durante el año anterior a la fecha de la reclamación. En caso de intervención de Trabajo, el acta debe detallar el registro de horas diarias realizadas por cada empleado y su cómputo semanal”, añade el despacho.

Al igual que el trabajo de más, también se puede reclamar la cotización por el mismo a la Seguridad Social. Para hacerlo, el límite temporal son cuatro años.

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