Competencia archiva la denuncia de Confebus contra Renfe

Competencia archiva la denuncia de Confebus contra Renfe

05 abril, 2016
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Actualizado: 05 abril, 2016 0:00
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Madrid, 5 abr.- La CNMC ha archivado la denuncia por presunto abuso de posición de dominio en el transporte de pasajeros, en concreto por ofrecer viajes gratis en Cercanías a viajeros de Ave y larga distancia, presentada por la patronal de transporte en autobús Confebus contra Renfe.

Confebus denunció el pasado 28 de septiembre a Renfe por supuestas conductas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia, al incurrir Renfe «en precios predatorios, subvenciones cruzadas y empaquetamientos abusivos a la hora de establecer sus políticas comerciales, en relación con sus servicios de transporte de pasajeros de larga distancia y alta velocidad».

Sin embargo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia no ve indicios de infracción en conductas imputadas a Renfe de la mencionada ley.

El regulador explica que la actividad de Renfe se centra en el transporte de viajeros por ferrocarril en España, siendo éste el único operador que presta estos servicios para trayectos de larga distancia.

Sin embargo, la denunciante propone la determinación de un mercado de producto relevante no centrada en la prestación de servicios de transporte de viajeros por ferrocarril, sino que considera que para su delimitación hay que tener en cuenta el transporte de viajeros sensibles al precio, pero no tanto a la duración del viaje.

La CNMC considera que la diferencia en tiempos de viaje y en precios medios entre tren y autobús son elementos muy relevantes que «permiten considerar preliminarmente que el autobús no es suficientemente sustitutivo del tren de alta velocidad en viajes de larga distancia en España, incluso para los pasajeros no sensibles al tiempo».

En particular, previsiblemente, gran parte de la demanda que contrata el tren de alta velocidad para viajes de larga distancia dentro de España no se plantearía cambiar al autobús ante una subida de los precios del tren del 5 %-10 %, teniendo en cuenta los diferenciales de tiempo de viaje y de precios medios existentes entre ambos medios de transporte, según la fuente.

Por lo tanto, añade, la competencia intermodal entre ambos medios no sería suficientemente significativa como para considerar que forman parte de un mismo mercado relevante en ninguna ruta de larga distancia entre dos ciudades dentro de España.

En relación con los supuestos precios predatorios de Renfe, su nueva política comercial desarrollada a partir de febrero de 2013 responde -según Competencia- a la lógica del sector de transporte de viajeros, especialmente en el caso de transporte por tren o por avión, con costes fijos muy elevados.

En este sector, añade, todos los operadores, incluso los que tienen posición de dominio en alguna ruta, desarrollan políticas de precios dinámicas, con importantes descuentos por compra anticipada y para trayectos con baja ocupación, como forma de optimizar la ocupación del medio de transporte en el trayecto y maximizar los beneficios.

Asimismo, Competencia señala que el escaso uso de los billetes combinados ‘cercanías Tram’ en términos relativos evidencia su falta de aptitud para distorsionar la competencia de forma significativa a través de las subvenciones cruzadas, en la medida que un número relativamente reducido de viajeros de larga distancia de Renfe hace uso efectivo de este empaquetamiento mixto.

Competencia indica que no cabe recurso alguno contra esta resolución en esta vía previa administrativa, pero en el plazo de dos meses se puede hacer ante la Audiencia Nacional. EFE

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