Competencia limita a 90 segundos los resúmenes de la Champions

Competencia limita a 90 segundos los resúmenes de la Champions

06 abril, 2016
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Actualizado: 06 abril, 2016 0:00
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha extendido la regulación que fijó para la emisión de resúmenes de la Liga de Fútbol a la Champions, de modo que los operadores que no posean los derechos sólo podrán emitir resúmenes de 90 segundos de cada partido en programas informativos.

El órgano regulador ha adoptado esta decisión al resolver la denuncia que planteó Atresmedia -que tiene los derechos en abierto de la Champions- al entender que Mediaset ha emitido resúmenes de los partidos de esta competición «sin pedir permiso» haciendo un uso indebido y excesivo en tiempo.

La Sala de Supervisión Regulatoria de la CNMC ha decidido establecer un marco común en la regulación de la emisión de resúmenes de todas las competiciones futbolísticas tanto nacionales como internacionales al entender que los encuentros de la Liga de Campeones son eventos «de interés público para la sociedad» que generan «una expectativa informativa».

Así, ha fijado que el resumen informativo de 90 segundos será sobre cada partido cuando juegue un equipo español y en el caso de la final, tendrán un plazo de caducidad de 24 horas desde que finalice el encuentro y se podrá emitir dos veces como máximo «en programas informativos de carácter general».

Las imágenes del resto de partidos en los que no juegue ningún combinado español se incluirán todos en un solo resumen de 90 segundos. «En el cómputo total se incluye toda imagen editada, con independencia del formato o uso que se haga, dado que corresponde a cada prestador elegir la imagen y el tratamiento dado a las mismas», detalla la CNMC.

El criterio que ahora establece Competencia para el acceso a las imágenes fija que el dueño de los derechos de emisión entregue la señal íntegra de los acontecimientos en vez de una pieza informativa de tres minutos para que cada operador edite como quiera las imágenes.

Al no ofrecer un resumen editado, explica el órgano regulador, la contraprestación (3.000 euros) que exige Atresmedia «no es acorde con el ejercicio del derecho a emisión de breves resúmenes informativos», por lo que señala que se deben tener en cuenta otros parámetros y fijar los costes de otra manera.

«La única contraprestación que puede solicitar Atresmedia a los prestadores del servicio de comunicación audiovisual será el coste derivado de dar cumplimiento a su obligación de acceso», subraya la resolución, que precisa que en ningún caso se incluirán en esa contraprestación «la participación en los costes de adquisición de los derechos exclusivos de radiodifusión».

Por último, la CNMC añade que Mediaset -o cualquier otro operador que quiera tener acceso a la señal- debe solicitar a los dueños de los derechos de explotación el acceso al evento porque la legislación actual no lo habilita «per se a la toma de la señal».

El pasado enero Competencia resolvió el conflicto entre Mediaset y la Liga de Fútbol Profesional (LFP) y ordenó que esta última permitiera al grupo mediático el acceso a los estadios de fútbol para poder emitir imágenes 90 segundos de cada partido en programas informativos y sin coste. 

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