Tus derechos frente a las limitaciones de tráfico en Madrid ¿Te pueden multar varias veces?

Tus derechos frente a las limitaciones de tráfico en Madrid ¿Te pueden multar varias veces?

29 diciembre, 2016
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Actualizado: 29 diciembre, 2016 14:03
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Madrid se encuentra este jueves en el escenario 3 previsto en el protocolo para episodios de alta contaminación, lo que implica la restricción de la circulación en la almendra central (el área interior de la M-30) a lo vehículos, en este caso, conmatrícula par.
Además, continúa la prohibición de aparcar en la zona del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) a los no residentes, en el horario de este servicio, es decir, de 9.00 a 21.00 horas, y se mantiene el límite de velocidad en la M-30 y en las vías de acceso a la ciudad, en ambos sentidos, en 70 kilómetros por hora.
Ante esta situación inédita y con la probabilidad de que se repita si no bajan los niveles de contaminación, Legálitas ha facilitado unas pautas respecto a los derechos de los conductores:

Sanciones que pueden imponer

Por aparcar sin estar autorizado en zona SER, la multa es de 90 euros. Por entrar en la almendra central con una matrícula que no toca: 90 euros, semejante a entrar en un Área de Prioridad Residencial sin ser residente. En cuanto a exceder la velocidad de 70 kilómetros en la almendra central, en la M30 o en las carreteras que acceden a ella y están dentro de la M40, depende del exceso:
De 71 a 100 km/h: 100 euros
De 101 a 120 km/h: 300 euros y dos puntos
De 121 a 130 km/h: 400 euros y cuatro puntos
De 131 a 140 km/h: 500 euros y 6 puntos
Más de 141 km/h: 600 euros y 6 puntos
Según el Código Penal, el exceso en más de 60 km/hora del límite establecido en vías urbanas, conlleva la comisión de un delito con pena de retirada del permiso de conducir y multa económica o prisión o trabajos en beneficio de la comunidad.

Entrada/salida a trabajar en horario sin transporte público

Si la hora de entrada o salida del puesto de trabajo está fuera del horario en el que funciona el trasporte público (0:00 a 6:30 horas) y somos multados, se deberá aportar a nuestro recurso un certificado de la empresa en el que indique el horario.

Salir de vacaciones con coche en un día que no se puede circular

Si el coche está en la almendra central y necesitamos salir de vacaciones un día en el que por matrícula no puede circular, no hay más remedio que hacerlo antes de las 6:30 de la mañana o el coche deberá ir ocupado al menos por tres personas, como mínimo.

Entrar en Madrid a dormir en Madrid y al día siguiente la matrícula es de las prohibidas

Si viajamos a Madrid en coche y entramos en la zona central un día en el que nuestro coche puede circular, pero al día siguiente debemos abandonar la ciudad, no se podrá hacer  salvo antes de las 6:30 de la mañana o acompañado de dos personas más.

¿Es válido notificar el día antes?

Conforme el protocolo de actuación, el Ayuntamiento de Madrid debe informar antes de las 12 horas de las medidas que se adoptan al día siguiente en caso de aplicación del protocolo, resultando un paso imprescindible el hecho de que, el Delegado de Medio Ambiente y Movilidad apruebe un decreto para la puesta en marcha del mismo y que debemos solicitar a la hora de alegar, para estudiar la corrección formal del mismo.

¿Pueden multar varias veces en el mismo día por circular con matrícula prohibida?

Entrar en la almendra central con matrícula par y pasar por delante de varios radares, puede acabar con varias multas. Si fuera el caso, sería muy importante estudiar momentos en los que han sancionado, si se deben al mismo desplazamiento, tiempo transcurrido, etc. Puesto que, podría ser ante un supuesto de sanción por un mismo hecho (principio non bis in ídem) que, podría ser recurrido ante la Administración.
 
 

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