El abogado del TJUE respalda que los grandes inversores reclamen responsabilidades a Bankia por la OPS
Un abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sugirió este jueves que los grandes inversores pueden reclamar responsabilidades a Bankia por un folleto de la entidad sobre la compra de acciones si demuestran que existían inexactitudes, pese a que este fuera dirigido a pequeños inversores.
Cuando una oferta pública de suscripción de acciones es mixta, es decir, cuando se dirige tanto a inversores minoristas como a inversores cualificados, y se emite un folleto en atención a los minoristas, la acción de responsabilidad por el folleto puede ser ejercitada por ambos tipos de inversores, señala el abogado general francés Jean Richard de la Tour.
El jurista, cuyas conclusiones no son vinculantes pero suelen orientar la decisión del tribunal, se pronuncia así sobre una pregunta trasladada a la corte de Luxemburgo por el Tribunal Supremo español a propósito de un litigio entre la Unión Mutua Asistencial de Seguros (UMAS) y Bankia en relación con la responsabilidad de esta entidad financiera por un folleto publicado en una oferta pública de valores que data de 2011.
La entidad de crédito hizo entonces una oferta pública de suscripción de acciones para su salida a bolsa dividida en dos tramos, uno para inversores minoristas y empleados y administradores (60 % de las acciones ofertadas) y un segundo tramo para inversores cualificados (el 40 % restante), o «tramo institucional».
En el marco de la difusión y promoción de la oferta, Bankia se puso en contacto con la UMAS para ofrecerle la suscripción de acciones de la entidad, de forma que esta suscribió una orden de compra de 160.000 acciones de la entidad de crédito, a razón de 3,75 euros cada acción, lo que supuso un desembolso total de 600.000 euros.
Pero como consecuencia de una reformulación de las cuentas anuales de Bankia, las acciones perdieron casi todo su valor en el mercado secundario y se suspendió su cotización, recuerda la corte europea.
En otros procedimientos, la justicia española declaró en diversas sentencias que el folleto de la emisión contenía graves inexactitudes en cuanto a la verdadera situación financiera de la entidad emisora.
La UMAS interpuso una demanda contra Bankia en la que solicitaba, con carácter principal, que se anulase la compra de las acciones por error en el consentimiento y, con carácter subsidiario, que se declarase la responsabilidad de Bankia por falta de veracidad en el folleto de la emisión.
Llegado el caso al Tribunal Supremo español, este se dirigió al TJUE para que aclarase si, cuando una oferta pública de suscripción de acciones se dirige tanto a inversores minoristas como a inversores cualificados, y se emite un folleto en atención a los minoristas, la acción de responsabilidad por el folleto puede ser ejercitada por ambos tipos de inversores o solamente por los minoristas.
El abogado general asignado al caso sostiene que la normativa europea lleva a desechar la idea de que el folleto solo se establezca con el fin de proteger a los inversores no cualificados y señala que las Directivas europeas persiguen un doble objetivo.
El primero pasa por conseguir un mercado único de valores mediante el desarrollo del acceso a los mercados financieros, en particular para las PYME, y el segundo consiste en proteger a los inversores mediante la publicación de una información completa, fiable y accesible.
Por tanto, cuando exista un folleto debe poder iniciarse una acción de responsabilidad civil basada en la inexactitud de dicho folleto, cualquiera que sea la condición del inversor que se considere perjudicado, señala.