El fondo CRF no es acreedor de Cuba, pero sí de su Banco Nacional, según la Justica británica

El fondo CRF no es acreedor de Cuba, pero sí de su Banco Nacional, según la Justica británica

04 abril, 2023
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Actualizado: 04 abril, 2023 20:16
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La jueza británica Sara Cockerill ha dictaminado este martes que el fondo inversor CRF, registrado en 2009 en las islas Caimán, no es acreedor del Estado de Cuba para el cobro de 72 millones de euros en deuda soberana de préstamos suscritos en los años 80.

En su dictamen, tras el juicio realizado a finales de enero, la magistrada de la sala comercial del Tribunal Superior de Londres ha señalado, no obstante, que sí es válida la demanda de CRF contra el Banco Nacional de Cuba (BNC) para la recuperación de esa deuda.

Como consecuencia de este fallo, que podría ser recurrido por las partes, la República de Cuba, a la que CRF había demandado como «garante» de los títulos, ya no forma parte de este proceso legal iniciado por la empresa el 18 de febrero de 2020.

El juicio en Londres, en principio, continuará solo contra el BNC, que fue el banco central cubano hasta la creación del Banco Central de Cuba en 1997 y, en este caso, gestionó los préstamos adquiridos en 1984 con los bancos europeos Crédit Lyonnais Bank Nederland e Istituto Bancario Italiano por esos 72 millones.

CRF, creado para invertir en deuda soberana cubana impagada, tiene una cartera de deuda de ese país que en 2017 ascendía a 1.200 millones de euros (1.300 millones de dólares), de los que ha empezado a reclamar una parte por la vía judicial.

Tras escuchar los argumentos de los dos bandos, Cockerill ha concluido que el Banco Nacional de Cuba reconoció legítimamente en 2019 como acreedor a CRF -algo que el BNC y Cuba disputaban- pero, en cambio, actuó fuera de sus capacidades al asignar al Estado de Cuba como garante.

La jueza dio por buena la cesión al fondo inversor de los derechos contractuales sobre los títulos derivados de los préstamos de los bancos europeos, que antes tenía ICBC Standard Bank -filial británica del banco chino ICBC-, firmada el 25 de noviembre de 2019 por el antiguo director de operaciones del BNC Rául Olivera Lozano, hoy encarcelado.

Durante el proceso, la parte cubana había argumentado que la cesión no era válida y que Olivera había violado la normativa al aprobarla con su sola firma, en lugar de dos, y sin el consentimiento del Consejo de Ministros.

En su fallo, la jueza señala que la mayoría de los testigos cubanos se mostraron «cautelosos y a la defensiva», y precisa que ha descartado parte del testimonio de Olivera, que dijo que CRF le había sobornado para que hiciera la cesión de la deuda -un argumento que Cuba acabó retirando-.

El abogado de CRF calificó de «farsa» las condenas impuestas en mayo de 2021 a este funcionario, que cumple 13 años de cárcel, y al resto de la directiva del BNC implicada en la cesión.

Cuba, que hasta ahora no había afrontado un litigio por deuda impagada, dijo durante el proceso que rechaza reconocer a CRF como cesionario al considerarlo «un fondo buitre», centrado en forzar el cobro por la vía judicial en lugar de actuar como un acreedor «responsable».

El fondo ha aducido, a su vez, que el litigio solo pretende hacer que La Habana se avenga a negociar, después de que «desoyera» varias ofertas de reestructuración de la deuda hechas en los últimos diez años, y asegura que aún está abierto a esa conversación.

Sin embargo, tras la decisión de hoy, la deuda que puede reclamar CRF en Inglaterra no cuenta con la garantía del Estado cubano, a ojos de la Justicia inglesa, por lo que queda por ver cómo esto puede afectar a su eventual recuperación. 

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