El PP no aprende la lección

El PP no aprende la lección

10 agosto, 2019
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Actualizado: 10 agosto, 2019 15:44
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El PP no aprende la lección y ha cometido una grave irregularidad administrativa que puede llevarle a los tribunales por fraude de Ley. Para hacer al vicesecretario de Organización del PP, el vasco Javier Maroto, portavoz del PP en el Senado lo empadronó en Sotosalbos, un pequeño municipio segoviano, para ser designado como senador por Castilla y León por el Parlamento autonómico, donde el PP y Cs  mandan por mayoría simple y superan el voto del PSOE, Podemos y UPL.

Javier Maroto para conseguir esa designación tuvo que empadronarse en el municipio segoviano de Sotosalbos, de unos 300 habitantes. Tras el desastre del PP en el País Vasco en las últimas elecciones había que encontrarle un puesto a Maroto y que mejor que ‘colocarlo’ como portavoz del PP en el Senado. Pero había un problema, no era senador electo, por lo tanto había que buscarle una designación, y el pacto entre los populares y Ciudadanos en Castilla y León lo ha hecho posible.

Sin embargo, la jugada puede salirle muy cara al PP, porque no cumple ninguno de los requisitos para empadronarse en ese municipio. Según la legislación vigente, las inscripciones en el Padrón se realizarán teniendo en cuenta las siguientes consideraciones generales:

1. El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Las certificaciones que de dichos datos se expidan tendrán carácter de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos.

2. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios, o en varios domicilios dentro del mismo municipio, deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.

3. Los menores de edad no emancipados y los mayores incapacitados tendrán la misma vecindad que los padres que tengan su guarda o custodia o, en su defecto, de sus representantes legales, salvo autorización por escrito de éstos para residir en otro domicilio o municipio.

4. Cuando una persona cambie de residencia deberá solicitar por escrito su alta en el Padrón del municipio de destino comunicando en la solicitud el municipio o país de procedencia. En caso de desconocer el municipio de su anterior inscripción padronal lo hará constar así.

Lo más curioso de Maroto, es que como vasco tiene posiciones muy diferentes a la mayoría de los castellano-leoneses, a los que ahora tiene que defender en la cámara autonómica, siendo las más llamativas el caso del futuro de Treviño, el condado burgalés que reclama como suyo los vascos, y la fiscalidad vasca.

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