Andalucía amplía la ley antidesahucios a la vivienda libre

Andalucía amplía la ley antidesahucios a la vivienda libre

11 abril, 2017
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Actualizado: 11 abril, 2017 17:28
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La Junta Andalucía amplía a la vivienda libre la lucha contra los desahucios. Aunque se trate de una propiedad privada y el inquilino incurra en impagos no se le podrá desahuciar.El Consejo de Gobierno andaluz ha aprobado hoy el proyecto de Ley de Tanteo y Retracto en Desahucios de Vivienda, que lo amplía a las viviendas libres, las cuales deben reunir las características de la vivienda de protección oficial y los afectados deben estar en una situación socio-económica difícil.

El consejero de Fomento y Vivienda, Felipe López, ha explicado, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, que esta ley permite a la Junta el ejercicio de compra preferente en las viviendas afectadas por desahucios y, de esa forma, garantiza la permanencia de las familias a cambio de un alquiler social.

En unos cuatro años podrían pasar mediante estos procesos al parque público de la Junta unas 200 viviendas y la Junta dedicará un presupuesto de cuatro millones al año para hacer frente al ejercicio de tanteo y retracto.

Hasta ahora la Junta ejercía esos derechos en los casos de la vivienda protegida y desde 2005 ha ejercitado el retracto en unas 300 viviendas, si bien con esta nueva ley lo amplía a la vivienda libre aunque con características similares a las protegidas.

El consejero de Fomento y Vivienda, Felipe López, afirma que el proyecto de ley, que atenta contra la propiedad privada, está lo suficientemente blindado para que no lo recurra el Gobierno del PP

El consejero ha asegurado que está ley, que iniciará su tramitación parlamentaria próximamente, está lo «suficientemente blindada como para que el Gobierno del PP no la recurra» y ha apelado a la «mínima sensibilidad social» del Ejecutivo.

Asimismo, ha destacado que con esta nueva norma Andalucía se sitúa entre las regiones de España más avanzadas en la lucha contra los desahucios y la defensa del derecho a la vivienda y ha señalado que esta normativa completa las herramientas y normas de las que se ha dotado la Junta en los últimos años en esta materia.

Además, la nueva norma modificará la ley de Medidas para la Vivienda Protegida y Suelo para reforzar las sanciones en casos de incumplimientos por parte de los promotores de viviendas protegidas y también de los adjudicatarios.

Multas de 3001 a 30.000 euros

El proyecto introduce como sanción grave, con multas de entre 3.001 y 30.000 euros, si el adjudicatario de una vivienda protegida no la ocupa como domicilio habitual y permanente en el plazo previsto y también en el caso de que los promotores o personas jurídicas la mantengan vacía sin causa justificada durante tres meses, entre otros incumplimientos.

En este sentido, el consejero ha apuntado que la inspección de la Junta ha detectado casos de ese tipo, aunque no es «alarmante».

Tras pedir rigor en el uso de los datos de desahucios porque en las estadísticas oficiales no están desagregados por tipo de inmuebles, el consejero ha cifrado la incidencia de los desahucios por cada mil habitantes es de 1,19 en Andalucía frente a 1,33 en España y las ejecuciones que acaban en lanzamiento supone el 42,9 % en la comunidad andaluza frente al 54,6 % de España.

El titular de Fomento ha defendido la política que realiza la Junta desde hace año en la lucha contra los desahucios y la defensa del derecho a la vivienda y la ha contrapuesto a otros gobiernos autonómicos «que han enajenado parques públicos de vivienda para hacer caja o para especular».

El tanteo y el retracto se realizarán en los procesos de dación en pago, mientras que para los procedimientos de ejecución hipotecaria se reserva solo el retracto, lo que implica intervenir al final del proceso una vez comunicado el desalojo y concluida la subasta judicial de la vivienda y su adjudicación.

El proyecto fija hasta el valor de la vivienda

El proyecto de ley fija como precio de la vivienda el valor del crédito a extinguir, en el caso de las daciones en pago, y la cantidad estipulada como valor de transmisión por el instructor judicial mediante resolución.

Además de este importe, la Junta abonará los costes asociados a la operación.

El texto, aprobado hoy, completará el marco normativo de la lucha contra los desahucios en Andalucía, que se inició con la Ley de la Función Social de la Vivienda, en vigor desde octubre de 2013 pero suspendida parcialmente por el Tribunal Constitucional a raíz de un recurso presentado por el Gobierno.

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