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El bono social, beneficiarios y límites al consumo

El bono social, beneficiarios y límites al consumo

11 octubre, 2017
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Actualizado: 11 octubre, 2017 18:45
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El nuevo bono social de la electricidad ya esta aquí y cambia y mucho. Con diferentes beneficiarios y, sobre todo, con un límite al consumo que no existía antes, lo que perjudica gravemente a las familias numerosas.

Una vez más el bono social se hace por unidad familiar y no por miembros de una familia. Las familias numerosas podrán acogerse a este descuento del 25% sólo para 300 kWh/mes (3600 kWh/año), cuando antes no había ese límite.

Beneficiarios

El real decreto establece tres categorías de consumidores considerados vulnerables y fija los umbrales de renta para los diferentes descuentos en la factura de la luz.

En el caso de una persona sola, la renta que permite ser beneficiario del bono social y disfrutar de un descuento del 25 % en la factura de la luz se sitúa en un poco menos de 11.300 euros al año, cuantía que se eleva a cerca de 19.000 euros, por ejemplo, en el caso de una familia con dos menores.

El umbral se incrementa para el caso de personas con discapacidad y para víctimas de violencia de género o de terrorismo.

También son considerados consumidores vulnerables los hogares formados por pensionistas con pensiones mínimas y todas las familias numerosas.

Los consumidores considerados «vulnerables severos» tendrán un descuento del 40 % y su renta familiar deberá ser inferior a la mitad de la de los umbrales establecidos para los vulnerables.

El real decreto establece una tercera categoría, la de consumidores en riesgo de exclusión social, que, además de tener rentas por debajo del umbral fijado para los severos, son atendidos por los servicios sociales de su comunidad autónoma y ésta les paga al menos el 50 % del importe de su factura.

A éstos no se les podrá cortar la luz en caso de impago y para ello la nueva regulación establece un mecanismo por el que las comercializadoras de electricidad tendrán que hacer una aportación financiera adicional, asumiendo el resto del recibo que no cubre la comunidad autónoma.

Límites al consumo eléctrico

A diferencia del anterior bono social, el nuevo si estable límites al consumo, lo que perjudicará gravemente a las familias en invierno que dispongan de calefacciones eléctricas.

1.- Unidad familiar sin menores 120 kWh/mes (1200 kWh/año)

2.- Unidad familiar con un menor 140 kWh/mes (1680 kWh/año)

3.- Unidad familiar con dos menores 170 kWh/mes (2040 kWh/año)

4.- Familias numerosas 300 kWh/mes (3600 kWh/año)

5.- Pensionistas 140 kWh/mes (1680 kWh/año)

Como pedirlo

Los consumidores que actualmente disponen del bono social lo podrán mantener durante seis meses sin necesidad de renovarlo y próximamente estará en marcha una aplicación informática para verificar la información disponible sobre la renta de los solicitantes en la Agencia Tributaria, aunque también se podrá pedir presentando el interesado la declaración del IRPF.

El bono social no es permanente. Hay que renovarlo cada dos años, presentando una nueva solicitud ante la comercializadora. Tan solo las familias numerosas podrán disfrutarlo sin necesidad de renovarlo mientras gocen de esa consideración.

1.- Nuevos solicitantes

Si hasta ahora no tenías bono social pero cumples alguno de los nuevos requisitos empieza las tramitaciones cuanto antes, recomiendan desde la OCU, pues el plazo de 15 días durante 3 meses se va a alargar a un mes… así que cuanto antes empieces mejor. Para ello es necesario ser cliente de una comercializadora de referencia, o solicitarlo en el mismo trámite, y solo podrás hacerlo para tu domicilio habitual. Ten en cuenta, ñaden de este organización de consumidores, que no podrá haber ninguna penalización por romper el contrato vigente para activar el Bono Social, y que si necesitas cambiar de titular, la distribuidora no puede exigirte la revisión de tu instalación eléctrica aunque el Boletín de Instalación de la vivienda tenga más de 20 años.

2.- Beneficiarios del antiguo bono social

Si tienes ahora bono social y crees que vas a seguir teniendo derecho a disfrutarlo, no te precipites en cambiar nada. No hay prisa, apuntan desde la OCU. Puedes iniciar la solicitud dentro de tres o cuatro meses, cuando las comercializadoras ya estén mejor preparadas para realizar este nuevo trámite. Tan sólo hay una excepción… que puedas cumplir los requisitos de renta para ser tener la consideración de consumidor vulnerable severo. En estos casos te conviene iniciar la tramitación cuanto antes para poder beneficiarte del 40% de descuento en vez del 25%. Durante los 6 primeros meses no se aplicará ninguna limitación en los kWh susceptibles de ser bonificados.

3.- Los que pierden el derecho

Si hasta ahora has tenido bono social y con el nuevo no tendrás derecho, porque no estás entre las categorías de beneficiarios, durante seis meses mantendrás los beneficios de este descuento, destacan desde la OCU. El colectivo más importante de beneficiarios del bono social son hogares con menos de 3 Kw de potencia , todos ellos lo perderán dentro de 6 meses por lo que será el momento de buscar mejores alternativas y valorar si subir la potencia contratada una vez que han perdido este beneficio, recomiendan desde esta organización.

 

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