Declarada abusiva la cláusula de vencimiento anticipado en las hipotecas
El Tribunal de Justicia de la UE vuelve a dar otro revés a la banca, que ya no gana para sustos judiciales. El TJUE ha declarado abusiva la cláusula del vencimiento anticipado de las hipotecas, por la que los bancos daban orden de ejecución hipotecaria si faltaba algún pago (normalmente tres meses).
De esta forma, si un hipotecado no paga algunas cuotas, cerca de tres, la banca le podía reclamar el vencimiento de la totalidad de la hipoteca, junto a la devolución de los intereses y provocar así el desahucio tras una orden de ejecución. Ahora, la justicia europea ve factible anular el contrato si se encuentra esta cláusula, por lo que abre la puerta a la dación en pago efectiva.
Hasta ahora, distintas estancias judiciales habían declarado abusivas estas cláusulas, pero dejaban un margen de hasta tres meses para poder ejecutar la hipoteca. Ahora el TJUE pide más tiempo.
A juicio, el TJUE ve contraria a la legislación europea la ley hipotecaria española ya que no permite garantizar que los consumidores puedan aprovechar plenamente el plazo y, por tanto, «ejercitar efectivamente sus derechos«.
De esta forma, las sentencias judiciales en España vuelven a dejar en posición de inferioridad al consumidor frente a la banca, y de nuevo es el TJUE quien ponga de manifiesto esta situación, como ya hizo con el Supremo por las cláusulas suelo.
La cláusula más usada para realizar ejecuciones hipotecarias
De esta forma, exige ahora que los jueces que detecten esta cláusula abusiva en los contratos la declaren nula y dejen de aplicarla, y no como se venía haciendo hasta ahora.
Ésta cláusula está contemplada en la inmensa mayoría de las hipotecas, permitiendo a la banca reclamar la totalidad de la deuda pendiente, más los intereses correspondientes, una vez has dejado de pagar un mínimo de tres cuotas.
Este sentencia se deriva de la pregunta de un juez de Santander, quien cuestionó que el impago de 7 mensualidades de un total de 564 cuotas mensuales de las que constaba la hipoteca, fuese suficientemente grave como para aplicar el vencimiento anticipado. Por esta cláusula se han derivado la mayoría de ejecuciones hipotecarias, que después han acabado en desahucios.