El Fondo de Rescate de empresas estratégicas exige viabilidad y penaliza retrasos

El Fondo de Rescate de empresas estratégicas exige viabilidad y penaliza retrasos

21 julio, 2020
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Actualizado: 21 julio, 2020 18:07
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El Fondo de Rescate de empresas estratégicas, dotado con 10.000 millones de euros, exigirá que las compañías presenten planes de viabilidad con el calendario de devolución de las ayudas públicas y si antes de cinco años no han reembolsado al menos un 40 % tendrán una penalización del 10 %.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el acuerdo por el que se establece el funcionamiento del denominado Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas, que busca dar aire a sociedades solventes pero afectadas por la epidemia del COVID-19 y que tengan esa condición de estratégicas para el tejido productivo nacional o regional.

Desde la aprobación del Fondo, a principios de julio por el Consejo de Ministros, se ha especulado con la posibilidad de que Iberia recurriera a estas ayudas y aún más de que lo hiciera el grupo Globalia, dueño de Air Europa, después de trascender que negociaba con el Gobierno una ayuda económica, aunque con la condición de que el Estado no entrara en su capital. Las empresas no comentan sus planes.

El apoyo público se materializará en forma de préstamos participativos, deuda convertible, acciones o en cualquier otro instrumento de capital y podrán utilizarse otras facilidades crediticias como préstamos o suscripción de deuda privilegiada, ordinaria o subordinada.

UN MÍNIMO DE 25 MILLONES

La ayuda mínima que una empresa puede solicitar son 25 millones de euros, salvo casos acreditados y justificados, mientras que la cantidad máxima será la que se considere imprescindible para reforzar la solvencia, pero en ningún caso una cuantía que implique la mejora del patrimonio neto de la compañía a cierre de 2019.

La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que cualquier empresa considerada estratégica puede optar a las ayudas del Fondo si su solvencia se ha visto deteriorada por la crisis del coronavirus, pero tendrá que pedirlo y justificar que sin esta ayuda cesaría la actividad o tendría serias dificultades para mantenerse a flote.

LAS EMPRESAS NO PUEDEN DAR DIVIDENDOS

Además, las empresas solicitantes deberán tener la sede social y el grueso de la actividad en España; no estar en crisis antes del 31 de diciembre último; justificar que el cese forzoso tendría un impacto negativo en la actividad y el empleo a nivel nacional o regional, y mostrar su viabilidad a medio y largo plazo.

También deben presentar el plan de reembolso de las ayudas estatales; estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no haber sido condenadas por prevaricación, cohecho, malversacion de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.

Las normas del Fondo impiden que las empresas beneficiarias lleven a cabo políticas de expansión comercial agresivas, que distribuyan dividendos entre sus accionistas y que sus directivos cobren «bonus» o cualquier retribución variable al menos hasta la devolución del 75 % de la ayuda.

PENALIZACIONES A LOS 5 Y 7 AÑOS

Si a los cinco años de haber recibido los fondos las empresas no han devuelto al menos el 40 % tendrán una penalización del 10 % y si pasados 7 años no han reembolsado todo, la «multa» será del 10 % sobre la participación viva en ese momento. Para las sociedades cotizadas los plazos se rebajan en un año, es decir, cuatro años y seis años.

La utilización del Fondo atenderá, según el Gobierno, a la importancia sistémica del sector de actividad o de la empresa, a su relación con la salud y la seguridad pública o su carácter tractor sobre el conjunto de la economía, su naturaleza innovadora, el carácter esencial de los servicios que presta o su papel en la consecución de los objetivos de medio plazo en el ámbito de la transición ecológica, la digitalización, el aumento de la productividad y el capital humano.

EN 30 DIAS ESTARÁ OPERATIVO EL CONSEJO RECTOR

El órgano que decidirá si la ayuda se aprueba es el Consejo Rector del propio Fondo, que se pondrá en marcha en un plazo de menos de 30 días y estará presidido por el presidente o vicepresidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).

Contará con cuatro vocales: el titular de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa; el titular de la Subsecretaría de Hacienda; el titular de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa; y la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía, además de un secretario, que será el secretario general de la SEPI.

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