El Supremo avala a FCC y a la CNMV en la opa de exclusión de Cementos Portland
El Tribunal Supremo ha avalado el acuerdo del consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que en 2016 autorizó la opa de exclusión de Cementos Portland presentada por FCC, anulando una sentencia de la Audiencia Nacional que instaba a subir el precio de 6 a 10,29 euros.
La sala tercera ha estimado el recurso presentado por FCC y la CNMV contra la sentencia de la Audiencia Nacional de abril de 2019, que daba la razón a un accionista minoritario e instaba, por considerarlo no equitativo, a subir el precio.
En diciembre de 2016 la CNMV autorizó la opa de exclusión de las acciones de Portland, operación presentada en julio de 2016 y admitida a trámite en agosto de ese año; FCC era entonces titular, de forma directa e indirecta, de 40.357.460 acciones de Cementos Portland Valderrivas, representativas del 77,93 % de su capital social.
La CNMV autorizó la opa en los términos ofrecidos por FCC, 6 euros por acción, un precio que la Audiencia Nacional consideró «no equitativo», en respuesta al recurso de algunos accionistas minoritarios.
El Banco Santander, que fue el encargado de valorar la operación, determinó el precio equitativo de la opa entre 4,95 y 5,50 euros por acción, con lo que los 6 euros fijados eran equitativos, pero los accionistas minoritarios alegaron que debía haber utilizado el valor teórico contable.
Teniendo en cuenta este último parámetro, que había sido el empleado por el auditor en las cuentas anuales, el precio debió ser de 10,29 euros, señalaban.
Ahora, el Supremo rechaza que la CNMV estuviese obligada a justificar por qué no exigió la utilización de un método de valoración concreto, ya que no existe un orden de prelación entre ellos.
Para el alto tribunal, «lo verdaderamente relevante es que el informe que se presente por los administradores contenga una justificación detallada de la propuesta y del precio ofrecido, porque esto es lo que permite asegurar una adecuada protección de los intereses de los titulares de los valores afectados».
Además, descarta que el Santander, autor del informe de valoración, agente global de la financiación de FCC y avalista de la opa, tuviera un conflicto de intereses, y «aunque la Audiencia Nacional lo haya considerado probado, ese dato no es relevante para invalidar la decisión de la CNMV de autorizar la opa». EFECOM