El TGUE ha desestimado los recursos de Apple contra Bruselas en los casos de la App Store e iOS

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha desestimado este miércoles los recursos de Apple contra la Comisión Europea por haber designado a la App Store -su tienda de aplicaciones móviles- y a su sistema operativo iOS como grandes plataformas que deben cumplir estrictas normas antimonopolio.

La corte, con sede en Luxemburgo, ha considerado además inadmisible el recurso que la tecnológica estadounidense presentó contra Bruselas por la investigación que llevó a cabo para averiguar si su servicio de mensajería iMessage debía considerarse también una gran plataforma, una posibilidad que acabó descartando.

En virtud de la ley de mercados digitales (DMA) -la norma que regula la libre competencia en el sector tecnológico-, el Ejecutivo comunitario designó a la App Store y al sistema operativo iOS como grandes plataformas, una decisión que ya ha tenido consecuencias para la compañía.

Y es que la Comisión obligó a Apple en 2024 a abrir su sistema operativo a la competencia y un año más tarde le impuso una multa de 500 millones de euros por prácticas monopolísticas en su tienda de aplicaciones.

Apple presentó los recursos antes de estas dos decisiones de la Comisión y el TGUE los ha desestimado hoy.

El TGUE descarta las alegaciones de Apple contra las obligaciones de interoperabilidad a las que la DMA obliga a las grandes plataformas

En primer lugar, descarta las alegaciones de la tecnológica contra las obligaciones de interoperabilidad a las que la DMA obliga a las grandes plataformas.

Los jueces señalan que estos requisitos no constituyen la base jurídica de la designación de la Comisión, por lo que «su supuesta ilegalidad no puede invocarse en apoyo de una solicitud de anulación de dicha decisión».

En segundo lugar, rechaza el argumento de que cada una de las versiones de la tienda de aplicaciones que Apple tiene para sus distintos dispositivos (iPhone, iPad, Apple Watch, ordenadores Mac y la Apple TV) son independientes y que, por tanto, no es cierto que solo se pueda considerar como gran plataforma a la App Store de los teléfonos móviles por ser la única que alcanza el umbral de 45 millones de usuarios que fija la normativa.

«Las diferencias invocadas por Apple (…) acceso, se refieren principalmente a las características propias de los dispositivos utilizados y no justifican la distinción entre varios servicios básicos de plataforma», según se afirma en la sentencia.

Respecto a iMessage, el TGUE considera inadmisible el recurso porque Bruselas no ha designado al servicio de mensajería como una gran plataforma, por lo que no se le aplican las obligaciones de la DMA.

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