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El TJUE abre la puerta a reclamar a las eléctricas las cláusulas abusivas e ilegales

El TJUE abre la puerta a reclamar a las eléctricas las cláusulas abusivas e ilegales

30 marzo, 2023
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Actualizado: 30 marzo, 2023 12:03
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó este jueves que las autoridades reguladoras de la energía de los Estados miembros pueden exigir a compañías eléctricas la devolución a sus clientes de las cantidades cobradas con arreglo a cláusulas que sean declaradas ilegales.

El tribunal con sede en Luxemburgo defiende en su sentencia que la protección de los consumidores figura entre las obligaciones de dichas autoridades nacionales que regulan el mercado de la energía en los países del bloque.

El fallo responde, en concreto, al Consejo de Estado de Italia, que elevó a la Justicia europea el caso que enfrentaba a la Autoridad Reguladora de la Energía, las Redes y el medio Ambiente del país y a la compañía de distribución de electricidad y gas natural Green Network.

La primera había impuesto a la sociedad una sanción administrativa de 655.000 euros por incumplir sus obligaciones de transparencia en las tarifas y exigió además que devolviera a sus clientes finales casi 14 millones de euros facturados en concepto de gastos de administración con arreglo a una cláusula que la Autoridad energética italiana consideró ilegal.

Green Network elevó, tras el asunto al Consejo de Estado italiano tras ser rechazados varios recursos por la vía contencioso-administrativa y argumentó que la facultad de la Autoridad italiana para imponer la devolución de cantidades facturadas a sus clientes es contraria a la legislación comunitaria.

Sin embargo, el TJUE concluye en su sentencia que el Derecho de la UE «no se opone a que un Estado miembro asigne a la autoridad reguladora nacional la competencia para efectuar requerimientos a las empresas eléctricas para que reembolsen a sus clientes finales la cantidad correspondiente a la contraprestación pagada por estos en concepto de gastos de gestión administrativa con arreglo a una cláusula contractual considerada ilegal por dicha autoridad».

En consecuencia, el fallo determina que los Estados miembros pueden asignar a sus autoridades energéticas nacionales la facultad de «imponer a esos operadores la devolución de las cantidades que hubieran percibido» incumpliendo exigencias sobre la protección del consumidor y en particular aquellas sobre obligación de transparencia y facturación correcta.

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