¿Es obligatorio matricular las bicis eléctricas?

¿Es obligatorio matricular las bicis eléctricas?

04 junio, 2019
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Actualizado: 04 junio, 2019 10:37
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La Dirección General de Tráfico (DGT) ha emitido una instrucción en la que aclara que las bicicletas eléctricas con pedaleo asistido no requieren ni homologación ni matriculación para su circulación.

Tráfico ha decidido publicar esta instrucción ante la proliferación de ventas de vehículos de dos ruedas y la similar apariencia entre bicicletas de pedales con pedaleo asistido y los ciclos de motor, así como las continuas consultas de entidades locales y particulares.

La instrucción aclara lo establecido en el reglamento de la Unión Europea (UE) relativo a la homologación y requisitos técnicos de vehículos.

La DGT informa de que las bicicletas con pedaleo asistido, conocidas como EPAC, por sus siglas en inglés (Electronically Power Assisted Cycles), no están incluidas en la clasificación de vehículos de la denominada categoría L y por tanto no necesitan homologación ni matriculación.

Explica que las EPAC se definen en el mencionado reglamento de la UE como bicicletas de pedales con pedaleo asistido equipadas con un motor eléctrico auxiliar de una potencia máxima de 250 vatios que disminuye progresivamente y se interrumpe antes de la que la velocidad del vehículo alcance los 25 kilómetros por hora o si el ciclista deja de pedalear. 

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