EspaƱa gana la primera demanda judicial por las renovables
El tribunal arbitral de la CÔmara de Comercio de Estocolmo, encargado de gestionar la demanda de arbitraje presentada por la empresa holandesa Charanne y la luxemburguesa Construction Investments contra España por los cambios en la retribución renovable, ha desestimado la reclamación.
SegĆŗn ha informado hoy el Ministerio de Industria en un comunicado, se trata del primer laudo arbitral por reclamaciones relativas a la retribución de las renovables y al amparo de la Carta de la EnergĆa, de los 26 que acumula EspaƱa, que se ha resuelto.
El tribunal da la razón a EspaƱa al considerar que los cambios normativos de 2010, por los que se recortó la retribución de las plantas fotovoltaicas, no violaron ninguna expectativa legĆtima del Ā«derecho internacional.
AsĆ, el tribunal ha acordado desestimar la demanda presentada por los inversores, a los que condena a pagar los gastos administrativos y casi 1,2 millones de euros en concepto de costas.
De acuerdo con Industria, el laudo explica que los demandantes no podĆan esperar que el marco regulatorio que establecĆa las primas permaneciera Ā«inmutable durante toda la vida de sus plantasĀ», ya que la normativa espaƱola Ā«dejaba abierta claramente la posibilidad de que se modificara el sistema de retribuciónĀ».
De hecho, seƱala el Ministerio, el tribunal arbitral considera que los inversores podrĆan haber previsto los futuros cambios regulatorios Ā«de haber realizado previamente un anĆ”lisis exhaustivo del marco jurĆdicoĀ».
AsĆ, la obligación de ofrecer un Ā«trato justo y equitativoĀ» no implica un mantenimiento del marco regulatorio durante toda la vida Ćŗtil de la planta, lo que implicarĆa prohibir cualquier reforma normativa.
TambiĆ©n considera que el recorte retributivo no puede considerarse arbitrario ni contrario al interĆ©s pĆŗblico, como pedĆan los demandantes, ya que las primas cobradas por el sector fotovoltaico eran superiores a las de otras renovables y crecĆan cada aƱo mientras se encarecĆa la factura de los consumidores.
Asimismo, rechaza que el cambio normativo viole el principio de irretroactividad, ya que el derecho español no reconoce a las instalaciones una determinada retribución durante toda su vida útil.
Por ello, las normas de 2010 impugnadas Ā«no son contrarias a los compromisosĀ» asumidos por EspaƱa en el marco del Tratado de la Carta de la EnergĆa, subraya Industria, que aƱade que la resolución se suma a las recientes sentencias del Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, en las que dan la razón al Estado y avalan las sucesivas reformas renovables.
El Tratado de la Carta de la EnergĆa reconoce a los paĆses firmantes el reconocimiento mutuo de ciertos principios, entre ellos la defensa de un trato justo y equitativo en materia de inversiones energĆ©ticas.
En caso de que una empresa de uno de los Estados firmantes considere que otro ha vulnerado este principio puede pedir una compensación por daños y perjuicios.
Desde 2011, EspaƱa ha recibido 26 demandas de arbitraje por los sucesivos cambios regulatorios, fundamentalmente de carĆ”cter retributivo, que se han puesto en marcha para intentar contener el crecimiento del coste de las ayudas a estas tecnologĆas.
Los primeros en demandar a España por esta cuestión fueron un grupo de 16 inversores, agrupados bajo la denominación de PV Investors en noviembre de 2011, ante el organismo de las Naciones Unidas para esta cuestión, Uncitral.
Poco despuƩs llegaron, en 2013, otras tres reclamaciones, en este caso ante la CƔmara de Comercio de Estocolmo, por parte de la holandesa Charanne y el luxemburguƩs Construction Investments -ahora desestimada-, Isolux Infrastructure Netherlands y CSP Equity Investment.
El resto de las demandas se acumulan en el Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias sobre Inversiones (Ciadi), dependiente del Banco Mundial.
Desde noviembre de 2013 han presentado demandas de arbitraje ante esta institución las sociedades RREEF, Antin, Eiser, Masdar, NextEra, InfraRed, Renergy, RWE, Steag, 9 REN, BayWa, Cube Infraestructures, Matthias Kruck, KS y TLS, JGC Corporation, Cavalum, la elĆ©ctrica alemana E.ON, un grupo de empresas alemanas encabezadas por Stadtwerke München, los fondos OperaFund Eco-Invest Sicav y Schwab Holdings, SolEs Badajoz, Hydro Energy 1, Watkins y un grupo de bancos alemanes encabezados por Landesbank Baden-Württemberg.Ā