Ferrovial gana a Hacienda en el Supremo
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dado la razón a Ferrovial y ha anulado las actuaciones tributarias en la liquidación del Impuesto de Sociedades tras la compra del aeropuerto de Heathrow ya que la Administración no valoró, hasta en dos ocasiones, las alegaciones presentadas por el grupo.
El recurso de casación presentado por Ferrovial se dirigía contra la sentencia dictada el 25 de febrero de 2019 por la Audiencia Nacional en la que se desestimaba el recurso de la compañía contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) que desoyó su reclamación.
El Supremo señala en su sentencia que pese a que Ferrovial presentó en plazo sus dos alegaciones ninguno de los escritos se tuvo en consideración en el momento oportuno por Hacienda.
«Lo más grave es que la Administración (…) tropieza dos veces en la misma piedra sin aprender de la experiencia vivida con relación a las alegaciones previas (…)», sostiene en su escrito.
En este sentido, insiste en que la actuación de la Administración, en una aludida precipitación, está «diametralmente opuesta» a los estándares de una actuación diligente y además le afea que sugiera que para que las alegaciones sean valoradas estas tendrían que presentarse con cierta anticipación o, peor aún, renunciando a parte del plazo legalmente establecido.
Ferrovial presentó a Hacienda las alegaciones en el último día de plazo
La Administración parece escudarse en que no le dio tiempo a valorar las alegaciones de Ferrovial porque las presentó en el último día del plazo concedido, existiendo el riesgo de prescripción del derecho a liquidar.
«No es un tema de cortesía sino de estricto cumplimiento de la legalidad; una legalidad que no admite reproches frente al contribuyente que ejerce su derecho a presentar por correo sus alegaciones el último día del plazo», insiste el Supremo.
Por ello, ante la inefectividad del trámite de audiencia y alegaciones, el Alto Tribunal determina la necesidad de revocar la sentencia recurrida en casación y proceder a declarar la nulidad de los actos administrativos impugnados.
Las actuaciones de comprobación del Grupo Ferrovial, formado en 2006 por 41 sociedades de las cuales solo 8 fueron objeto de comprobación, se iniciaron en julio de 2010.
En un primer momento, su alcance se refirió únicamente al Impuesto sobre Sociedades (IS) de los ejercicios 2005 a 2007, pero luego se amplió la extensión de las actuaciones al periodo 2004 y finalmente se extendió al ejercicio 2006 con carácter general.
Ferrovial presentó en 2010 una declaración complementaria del IS, entre otros, por el ejercicio 2006, en la que incrementó la base imponible declarada en 1.257.135,87 euros, efectuando un ingreso de 426.005,63 euros.
Un año más tarde, Ferrovial presentó otra complementaria por el IS de 2006, ingresando una cuota de 192.657,12 euros.