Jesús Salazar, expresidente de SOS, condenado a tres años de cárcel
El expresidente de la empresa arrocera SOS Jesús Salazar Bello ha sido condenado a tres años de cárcel por delitos contra la Hacienda Pública y por blanqueo de capitales, a lo que se suma una multa 5,67 millones de euros.
La Audiencia Nacional ha hecho pública este miércoles la sentencia, que considera culpable a Salazar de solicitar a Hacienda una devolución del IVA de 2,5 millones de euros por una operación inmobiliaria «a sabiendas de que había resultado fallida».
En el fallo, los magistrados de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal imponen al expresidente de SOS una pena dos años de cárcel y una multa de 3,78 millones de euros por el delito contra la hacienda pública, y otro año de prisión y multa de 1,89 millones de euros por el de blanqueo de capitales.
Su socio Francisco Blázquez Aroca, igualmente implicado en los hechos, ha sido condenado por la misma cuantía y años de prisión debido a estos cargos, a lo que suma otro año de cárcel más y otros 716.000 euros de sanción por un tercer delito, también contra la Hacienda Pública.
La Fiscalía reclamaba para ambos 8 años de cárcel y 14,6 millones de euros (entre la sanción y el dinero a devolver a las arcas públicas).
El tribunal ha absuelto a ambos acusados del delito de insolvencia punible y les aplica la atenuante de dilaciones indebidas por la paralización de la causa entre junio de 2018 y julio de 2020, a la espera del resultado del juicio en la pieza principal del denominado «caso SOS».
El citado proceso se centró en dirimir la responsabilidad de los hermanos Jesús y Jaime Salazar en el desvío de más de 200 millones de euros desde las cuentas de SOS -hoy llamado grupo Deoleo- a sociedades controladas por ambos.
En febrero de 2020 las partes llegaron a un acuerdo que permitió a Deoleo recuperar entre 8 y 12 millones de euros, lejos de los 200 que reclamaba, según la información facilitada por la compañía al regulador bursátil.
En cuanto a la pieza separada contra Jesús Salazar y Francisco Blázquez, la Audiencia ha considerado probado que solicitaron la devolución de 2,5 millones de euros en concepto de IVA por una serie de adquisiciones inmobiliarias a través de la sociedad Ddal Inversiones «simulando que se habían realizado conforme a lo pactado en contrato», cuando no fue así.
No obstante, los jueces han confirmado que de las operaciones cuestionadas, las correspondientes al municipio valenciano de Sueca se realizaron de forma efectiva, mientras que se detectaron irregularidades en las vinculadas con una finca en Pilas (Sevilla).
Además, una vez obtenida de Hacienda la devolución, Salazar y Blázquez «trazaron un plan» para lograr apropiarse de ese dinero en metálico y permitir que estuviera a disposición de los implicados introduciéndolo «en el tráfico mercantil con el fin de ocultar su origen ilícito».
La Audiencia no considera que haya pruebas de que el objetivo final de las transferencias entre empresas y el enjambre societario organizado fuera el de «salvaguardar el patrimonio de Jesús Salazar de las responsabilidades en que pudiera haber incurrido» en la causa principal del «caso SOS», motivo por el que desestima los cargos por insolvencia punible.