El juez da una prórroga de seis meses al rescate de la autopista R-2

El juez da una prórroga de seis meses al rescate de la autopista R-2

05 diciembre, 2016
|
Actualizado: 05 diciembre, 2016 11:58
|
PUBLICIDAD

El juzgado de lo Mercantil número 10 de Madrid ha decidido prorrogar seis meses la junta de acreedores de la radial R-2 de Madrid, prevista inicialmente para el próximo 13 de diciembre, según han confirmado fuentes judiciales.Esta decisión se enmarca en la solicitud que ha hecho el Ministerio de Fomento para aplazar 9 meses, hasta julio de 2017, la gestión de las autopistas de peaje en concurso de acreedores a fin de llevar a cabo el proceso de una forma ordenada.
El ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, ha reconocido que las autopistas de peaje en concurso de acreedores están en una situación «muy comprometida» como consecuencia del incremento de los sobrecostes, que pasaron de 400 a 2.300 millones de euros, y de un tráfico inferior en un 40% al que se estimaba en las ofertas. En este sentido, ve «francamente difícil» lograr este acuerdo, Fomento va a seguir intentando con los bancos lograr una solución que minimice el impacto para la sociedad española. También ha recordado que Fomento va a garantizar que estas autopistas van a seguir funcionando en óptimas condiciones.
En este sentido, el Ministerio de Fomento se había comprometido a asumir la explotación de estas autopistas pero había solicitado un plazo adicional por la necesidad de ajustar los contratos necesarios para la correcta prestación del servicio.
Además de la situación que atraviesa la R-2, está previsto que el juez de lo Mercantil número 6 de Madrid dicte en breve un nuevo auto en el que aprobará el plan de liquidación de la R-3 y de la R-5 y en el que se fijará una nueva fecha de cese y fin de actividad, que Fomento podrá aceptar o no en caso de no coincidir con su propuesta.
El titular de este juzgado destacaba que aplazar el cese de estas autopistas viene acompañado de un compromiso de Fomento por asumir las obras y obligaciones nacidas de la concesión lo que presenta «indudables ventajas económicas y concursales» respecto a la resolución o ineficacia sobrevenida de los contratos unidos a la concesión.

Noticias Relacionadas: