La Audiencia Nacional confirma la multa a Endesa por la central nuclear de Ascó
Central nuclear de Ascó, en Tarragona

La Audiencia Nacional confirma la multa a Endesa por la central nuclear de Ascó

21 marzo, 2022
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Actualizado: 21 marzo, 2022 13:45
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La Audiencia Nacional ha confirmado la sanción de 15,3 millones de euros que el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio impuso a Endesa Generación por la fuga de partículas radiactivas ocurrida en 2007 en la central nuclear de Ascó I (Tarragona) en 2007, que no fue notificada hasta abril de 2008.

En la sentencia conocida este lunes, la sala de lo Contencioso-Administrativo rechaza el recurso de la compañía, y considera que la cuantía total es proporcionada a la gravedad de los incumplimientos, entre otros motivos, porque la falta de registros impidió determinar de forma exacta cómo se distribuyó la contaminación en la zona.

El 29 de noviembre de 2007, Ascó I registró un escape de partículas radiactivas de la ventilación de la planta atómica, si bien el incidente no se conoció públicamente hasta abril del año siguiente.

El Consejo de Seguridad Nuclear clasificó en principio el suceso en el nivel 1, aunque posteriormente lo elevó hasta el 2 (incidente), de acuerdo a la escala internacional INES, que abarca desde el 0 (sin significación para la seguridad) hasta el 7 (accidente grave).

Un mes después, el entonces ministro de Industria, Miguel Sebastián, firmó la orden por la que se sancionó a Endesa Generación, como explotador responsable de la central nuclear, por cuatro infracciones graves de la ley sobre Seguridad Nuclear.

En concreto, las sanciones, que fueron recurridas ante la Justicia por la compañía, ascendían a un total de 15,3 millones de euros.

Tal como recuerda la Audiencia Nacional, la tramitación del recurso estuvo suspendida con motivo de la causa penal contra varios directivos de Ascó I, que concluyó con el archivo provisional en marzo de 2020 por parte de la Audiencia Provincial de Tarragona.

Ahora los magistrados respaldan el criterio del Ministerio, que sancionó con 7,5 millones de euros a Endesa por la emisión de partículas radiactivas con potencial de superación de los límites normativamente establecidos y por no haber establecido el control de contaminación externa del personal tras descubrirse el incidente.

La segunda sanción, de tres millones de euros, vino motivada por el incumplimiento de la instrucción del Consejo de Seguridad Nuclear, que establece los criterios de notificación de sucesos a este organismo por las centrales nucleares.

A ellas se suman otros tres millones de euros, por no haberse proporcionado a la inspección información pronta y veraz sobre la contaminación en zona de libre acceso de la central en marzo y abril de 2008, y 1,8 millones de euros, por incumplimiento del Manual de Protección Radiológica, al no dejar constancia en los registros de vigilancia de la contaminación encontrada en zonas de libre acceso.

Con todo, la sentencia no es firme, sino que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

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