La CNMC multa con 7.200 euros a Microsoft que gana casi 140 millones al día

La CNMC multa con 7.200 euros a Microsoft que gana casi 140 millones al día

La multa es por no registrar el servicio "Skype a teléfono" (Skype Out), que permite realizar llamadas hacia las redes telefónicas fija y móvil, pero no recibirlas porque no utiliza numeración atribuida en el Plan Nacional de Numeración Telefónica (PNNT)
14 mayo, 2021
|
Actualizado: 14 mayo, 2021 11:48
|
En esta noticia se habla de:
PUBLICIDAD

La Comisión Nacional de Mercados y de la Competencia (CNMC) ha sancionado a Microsoft Ireland por no notificar su servicio ‘Skype Out’, que permite realizar llamadas hacia las redes telefónicas, pero no recibirlas, en el Registro de Operadores. La sanción ha quedado fijada en 7.200 euros, tras aplicar una reducción del 40 % por pago previo y reconocimiento expreso de responsabilidad por parte de la compañía, para una empresa que ganó 44.813 millones de dólares (37.300 millones de euros) en los nueve primeros meses de su ejercicio fiscal 2021, es decir, 165 millones o casi 140 millones de euros diarios.


Pese la escasa cuantía de la multa, la CNMV asegura que se trata de una infracción «muy grave» contraria a la Ley General de Telecomunicaciones por la falta de comunicación previa de la prestación del servicio al público en general, según ha informado el organismo regulador de la competencia este viernes.

El servicio «Skype a teléfono» (Skype Out) permite realizar llamadas hacia las redes telefónicas fija y móvil, pero no recibirlas porque no utiliza numeración atribuida en el Plan Nacional de Numeración Telefónica (PNNT).

Desde el punto de vista regulatorio, en España, el servicio «Skype a teléfono» es objeto de inscripción en el Registro de Operadores con la denominación «servicio telefónico sobre redes de datos con interoperabilidad con el servicio telefónico disponible al público».

Microsoft Ireland no constaba inscrito en el Registro de Operadores para ofrecer ‘Skype Out’, sino para la prestación de otros servicios de comunicaciones electrónicas, en concreto para la reventa de servicios vocales nómadas y telefonía vocal en grupo cerrado de usuarios.

La infracción se cometió, según la CNMC, entre el 31 de agosto de 2019 y el 29 de mayo de 2020, cuando Microsoft notificó la actividad, de conformidad con el requerimiento formulado por la CNMC.

Contra esta resolución cabe recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de 2 meses.

Noticias Relacionadas: