El Ministerio de Defensa ha fijado la jornada laboral de los militares en 35 horas semanales para equiparar las condiciones de trabajo de los miembros de las Fuerzas Armadas a las del resto de empleados de la Administración pública.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este viernes la orden ministerial que modifica otra anterior de 2016, por la que se regulan la jornada y el régimen horario habitual en el lugar de destino del personal de las Fuerzas Armadas.
El BOE publica la nueva jornada laboral de 35 horas de los militares españoles
La nueva disposición establece que la duración de la jornada general para los militares será de 35 horas semanales de trabajo efectivo de promedio, equivalente a 1.533 horas anuales o la que en cada momento se contemple en las instrucciones sobre jornada y horario de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.
Para el personal que desempeñe puestos de trabajo considerados de especial dedicación, la duración de la jornada será de 37,5 horas semanales, «sin perjuicio del aumento de horario que excepcionalmente sea preciso por necesidades del servicio».
Además, la nueva orden ministerial amplía el derecho en favor de los militares que tengan a su cargo personas mayores, menores, familiares con enfermedades graves o personas dependientes.
Así, los militares que tengan a su cargo personas mayores, hijos, niños sujetos a tutela o en acogimiento menores de doce años, personas con discapacidad o un familiar con enfermedad grave hasta el segundo grado de consanguinidad tendrán derecho a flexibilizar en una hora diaria la parte fija del horario de la jornada que tengan establecida.
Este derecho podrá ejercerse también en el año en que el menor cumpla la edad de doce años.
Asimismo, tendrán ese derecho aquellos que tengan necesidades de cuidado respecto de otras personas dependientes cuando convivan en el mismo domicilio, y que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos, debiendo justificar las circunstancias.
De esta forma, el Ministerio de Defensa adapta la anterior orden ministerial a las nuevas instrucciones dictadas, con carácter general, en el ámbito de la Administración General del Estado.


