Los transportistas, sin limitación de horas al volante y sin descanso

Los transportistas, sin limitación de horas al volante y sin descanso

17 marzo, 2020
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Actualizado: 17 marzo, 2020 11:14
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La Dirección General de Transporte Terrestre ha decidido eximir temporalmente y en todo el país del cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso a los transportistas de mercancías para garantizar el suministro a hospitales, farmacias, supermercados y gasolineras ante la crisis del coronavirus.

«Estas exenciones serán de aplicación desde el día 14 de marzo de 2020 hasta el día 28 de marzo del 2020, ambos incluidos», según la resolución que hoy publica el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que sustituye a otra anterior en la que la exceptuación se limitaba a las zonas de riesgo.

La normativa europea establece normas sobre tiempo de conducción, pausas y períodos de descanso para el transporte por carretera de mercancías y viajeros, con el fin de armonizar las condiciones de competencia entre modos de transporte terrestre, así como de mejorar las condiciones de trabajo y la seguridad vial.

No obstante, el reglamento prevé que, en caso de urgencia, los Estados miembros puedan establecer excepciones temporales por un plazo máximo de treinta días, lo que se debe comunicar inmediatamente a la Comisión Europea.

Este mecanismo está diseñado para permitir a los Estados miembros hacer frente a situaciones que presentan unas circunstancias excepcionales y repentinas que son inevitables y que no se pueden prever.

«Los efectos provocados por la extensión del coronavirus constituyen claramente circunstancias excepcionales», como ha sido la adopción por el Gobierno de España del Real Decreto por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria.

Dicho Real Decreto recoge medidas para asegurar en todo momento el transporte de mercancías por carretera, por su impacto en toda la actividad económica y especialmente en este contexto, en el que es imprescindible garantizar el abastecimiento.

«Estas circunstancias excepcionales aconsejan flexibilizar las condiciones de trabajo de los conductores reduciendo el riesgo de la salud de los mismos, al mismo tiempo que se facilitan los transportes que garanticen el abastecimiento», añade el documento.

En un comunicado, la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) ha subrayado que la resolución no libera a los conductores de cumplir con los tiempos de conducción semanal (56 horas) y bisemanal (90 horas), ni con el descanso diario (pausas de 45 minutos cada 4 horas y 30 minutos de conducción).

Además, la realización de los descansos en cabina debe seguir realizándose como hasta ahora, según la misma fuente, según la confederación, que considera que aunque los cambios permitirán a los transportistas adaptar mejor su jornada laboral a la actual situación, habría sido mejor exceptuar de todas las limitaciones horarias.

Para la CETM, esta medida pone de manifiesto, una vez más, que el transporte de mercancías por carretera es vital para garantizar el bienestar y la seguridad de los ciudadanos y, en este momento tan determinante, es ineludible que las Administraciones apoyen al sector.

Igualmente, consideramos primordial que esta exención se aplique por igual a todos los países de la Unión Europea mientras dure la crisis del coronavirus. 

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