Macrodemanda contra Sabadell y Popular por vincular seguros a la hipoteca

Macrodemanda contra Sabadell y Popular por vincular seguros a la hipoteca

02 julio, 2018
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Actualizado: 02 julio, 2018 11:46
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Banco Sabadell y Banco Popular se enfrentan al pago de millones de euros por vincular seguros de vida a la hipoteca de forma obligatoria y durante toda la vida del préstamo sin dar posibilidad a los clientes de cambiar el seguro por uno más barato. La demanda ha sido admitida en un juzgado mercantil de 8 de Oviedo desplazado a Gijón.

El juicio por esta demanda, presentada por Espacio Legal que representa al Colegio de Mediadores de Seguros del Principado de Asturias, como también el de Zaragoza, que apuntan que se está realizando competencia desleal, será en octubre, y abrirá, dependiendo de la sentencia a nuevas iniciativas en los tribunales. «No se permita introducir dentro de las hipotecas la obligación de contratar seguros», según han afirmado fuentes del despacho a Intereconomía.com 

Según los demandantes, vincular seguros de vida a la hipoteca constituye una cláusula abusiva. Si el cliente no firmaba, no obtenía la financiación del préstamo y se quedaba sin poder comprar la vivienda. «En el momento en que se gane, cualquier consumidor pueda exigir la eliminación de esta cláusula abusiva en los contratos». 

«La parte abusiva es que el banco diga qué seguro tienes que contratar y con quién». El seguro estaría ganando tanto por la contratación, como por los intereses, mientras que los colegios entienden que es competencia desleal, más cuando se ha vinculado al cliente durante un largo período de tiempo, sin poder dar la oportunidad de cambiar el seguro por uno más barato. «El mismo seguro ofertado por la misma compañía es más barato a un año», tal y como consta entre las pruebas presentadas por el despacho ante el juez.

En su demanda esta organización colegial solicita que se declare la nulidad de la condición general de la contratación introducida en los contratos de préstamo hipotecario formalizados por el Banco de Sabadell y el Banco Popular Español por su carácter abusivo, y se condene a ambas entidades financieras a eliminar
de sus condiciones generales la citada condición general de contratación.

Asimismo, la demanda presentada recoge que se condene a las dos a devolver a los usuarios y consumidores afectados el importe de la prima única de los seguros contratados en virtud de la cláusula declarada nula; así como las cantidades que en virtud de la misma se hayan cobrado como exceso de intereses de todo tipo en los préstamos hipotecarios con los que se financiaron y cualquier otro gasto que haya derivado de la aplicación de la condición general de la contratación cuya cesación de uso haya sido condenado.

En base a estas cláusulas, los consumidores se han visto obligados a abonar cantidades que incrementan considerablemente el precio del préstamo hipotecario, por lo que han sufrido un perjuicio económico derivado del que deben ser resarcidos. A este respecto, se reclama indemnización de los daños y perjuicios sufridos por la aplicación de dichas condiciones generales de la contratación. El juicio verbal tendrá lugar el próximo mes de octubre en el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijón (Asturias). La organización colegial estará representada por el despacho de abogados expertos en Derecho Financiero y Bancario dirigido por Marcelino Tamargo, Espacio Legal. La Administración de Justicia ha desestimado los recursos interpuestos por las entidades financieras.

Es una práctica desleal  y abusiva para el consumidor

En los dos préstamos, se obligaba a los clientes de Banco Sabadell y Banco Popular a firmar la contratación adicional de los seguros con una fórmula de pago a prima única, que además se financiaba con el propio préstamo. De esta forma, al cliente no se le imponía únicamente tener vinculado un contrato de seguro con la compañía que eligiera la entidad financiera, sino que además, se le impedía expresamente la posibilidad de comparación con otras compañías.

En concreto, Banco Popular exigía abonar a los clientes el seguro a Eurovida, mientras que Banco Sabadell imponía la condición obligatoria de pagar el seguro a una filial, Sabadell Seguros Generales.

Además, los hipotecados tenían que pagar la prima única financiada más alta del mercado, sin opción a elegir entre el extenso abanico que ofrecen otras aseguradoras a precios más ventajosos.

No bastaba con ello, con el seguro se incrementaba el el importe del préstamo y por tanto la base liquidable del impuesto de Actos Jurídicos Documentados, y el coste total de la operación. Es decir, los hipotecados hacían frente a un mayor gasto por el designio de esta cláusula considerada abusiva y que ahora investigará el juzgado de Oviedo desplazado a Gijón.

 

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