Multa irrisoria de Competencia a las eléctricas por cambios irregulares a los clientes en el recibo de la luz

Multa irrisoria de Competencia a las eléctricas por cambios irregulares a los clientes en el recibo de la luz

09 marzo, 2017
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Actualizado: 09 marzo, 2017 9:19
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La CNMC ha dado un pequeño paso contra las prácticas comerciales de las compañías eléctricas y gasistas en sus relaciones con los clientes particulares.
A pesar de que las multas sancionadoras a las eléctricas por sus prácticas abusivas son irrisorias, Competencia parece que comienza a escuchar a los consumidores frente a las cuatro grandes entidades del sector: Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa y Viesgo por actuaciones irregulares que afectan a cambios efectuados en los recibos de luz o de gas en cada caso.
La CNMC ha sancionado a Endesa Energía con 100.000 euros; a Iberdrola con 30.000 euros; a Gas Natural Servicios con 10.000 euros y a Viesgo Energía con 15.000 euros.
Las mentiras y estafas de los comerciales de Endesa
La CNMC ha resuelto estos expedientes tras recibir 7 reclamaciones de usuarios que presentaron sus denuncias directamente ante la Comisión o a través de las oficinas municipales de información al consumidor. En estos casos, los clientes denunciaron haber sufrido un cambio de comercializador (compañía que ofrece los servicios de gas y/ electricidad) sin haber dado su consentimiento.
En consecuencia, la CNMC procedió a la apertura de un periodo de información previa y, en atención a las circunstancias de cada caso, se abrieron los correspondientes expedientes sancionadores a estas cuatro comercializadoras de electricidad y gas natural por incumplir, en el sector eléctrico, el artículo 66.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el sector de hidrocarburos, el artículo 111.d) de la Ley 34/1998, de 7 de octubre.
La normativa establece el derecho del consumidor para elegir suministrador, y asimismo, las comercializadoras de electricidad y gas natural deben cumplir los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes. La CNMC ha acreditado que en los casos sancionados, las compañías no respetaron el procedimiento de contratación y no contaron con el consentimiento de los clientes.
La CNMC ya publicó en 2015 una serie de recomendaciones para fomentar las buenas prácticas entre los clientes y las comercializadoras de gas y electricidad, cuando se realiza un cambio de suministrador en los contratos de gas y/o electricidad de los usuarios.
Esta guía recomendaba a las comercializadoras que eviten la captación de clientes mediante canales de venta domiciliaria o incluso vía telefónica, especialmente en el caso de consumidores vulnerables y personas mayores. También recuerda que deben identificarse de manera clara ante el consumidor y evitar prácticas o mensajes que generen confusión, entre otros, algo que las eléctricas se siguen saltando a la torera.
 
 
 

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