Nadal exige a las grandes eléctricas pagar el 94% del bono social

Nadal exige a las grandes eléctricas pagar el 94% del bono social

07 marzo, 2018
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Actualizado: 07 marzo, 2018 12:13
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El Ministerio de Energía, dirigido por Álvaro Nadal, ha propuesto que Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, EDP y Viesgo asuman el 94% del coste del bono social. Endesa sería la principal perjudicada, al hacer frente al 37,145588% del total, mientras que Iberdrola tendría que pagar el 35,047704% de la factura.

Esta es la propuesta pública del ministro de Energía, que mantiene un duro pulso contra las eléctricas. La nueva financiación se debe tras el revés del Supremo al Gobierno por el mecanismo de financiación, que debe ser costeado por todas las comercializadoras y no solo por aquellas que desempeñen las actividades de generación y distribución como ocurría antes.

Las diez principales comercializadoras tendrán que asumir casi el 97% del bono social eléctrico.

Según la regulación, el bono social, así como la cofinanciación del suministro de energía de los consumidores en riesgo de exclusión social, debe ser asumido por las matrices de los grupos de sociedades que desarrollen la actividad de comercialización de energía eléctrica y por las sociedades que no formen parte de ningún grupo.

El porcentaje de reparto de las cantidades a financiar se calcula para cada sociedad o grupo de sociedades de forma proporcional a la cuota de clientes a los que suministre energía eléctrica. Las comercializadoras tienen 10 días para presentar sus alegaciones.

EDP y Viesgo tendrán que hacer frente al 5,89% del bono social

Tras las grandes eléctricas se sitúan EDP España, a la que la propuesta de orden de reparto le asigna un porcentaje del 3,69%, y Viesgo Infraestructuras Energéticas, a la que corresponde un 2,2%.

En el caso de empresas participadas por más de una sociedad matriz con obligación de asumir el coste del bono social, el real decreto establece que se asignarán a dichas sociedades matrices el número de clientes de forma proporcional a la participación. Este mismo criterio se aplicará a las empresas participadas por una sociedad matriz con obligación de asumir dichos costes.

«Si la empresa fuese, a su vez, sujeto obligado sólo tendrá la obligación sobre el porcentaje de clientes o suministros de electricidad no incluidos en las participaciones contabilizadas», indica la propuesta de Energía.

Las comercializadoras podrán recurrir ante la Audiencia Nacional en dos meses

La orden podrá ser recurrida ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses y también puede interponerse recurso de reposición contra la misma ante el ministro de Energía en el periodo de un mes. El Consejo de Ministros aprobó en octubre un real decreto que desarrolla la nueva regulación del bono social eléctrico, después de que el mecanismo anterior de financiación fuera invalidado por el Supremo.

El coste del nuevo modelo, según los datos que facilitó el Ministerio de Energía, estará entre 230 y 235 millones de euros al año, superior al anterior, que era de entre 180 y 200 millones.

El acceso a los descuentos en la factura de la luz establecidos en el nuevo bono social oscilan en función de la renta de un 25% al 40%; aunque en el caso de personas atendidas por los servicios sociales un 50% de su factura lo abona su comunidad autónoma y la otra mitad su compañía comercializadora.

En diciembre, las cinco grandes eléctricas -Iberdrola, Endesa, Gas Natural Fenosa, EDP y Viesgo- recurrieron tanto el real decreto como la orden ministerial que lo desarrolla y que establece el nuevo mecanismo de financiación.

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