El Supremo aplica la retroactividad de las cláusulas suelo desde la firma del contrato

El Supremo aplica la retroactividad de las cláusulas suelo desde la firma del contrato

15 febrero, 2017
|
Actualizado: 15 febrero, 2017 13:29
|
PUBLICIDAD

El Tribunal Supremo ha modificado su propia doctrina y obliga a la banca a aplicar con efecto retroactivo desde la firma del contrato la devolución las cláusulas suelo.
De esta forma, el Alto Tribunal sigue el camino marcado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con cláusulas suelo y desestima un recurso presentado por BBVA, por lo que los bancos tendrán que devolver las cantidades íntegras abonadas de más desde el momento de la firma del contrato.
La Sala de lo Civil modifica la anterior doctrina de mayo de 2013, que establecía que las entidades debían devolver las cantidades cobradas de más únicamente a partir de esa fecha.
El alto tribunal confirma así una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona fechada en diciembre de 2013, que ya había declarado nula esta cláusula; se trata de una hipoteca suscrita con Unnim en mayo de 2005 sobre la que ahora BBVA tendrá que reembolsar al cliente 5.485,77 euros más los intereses.
El 9 de mayo de 2013, el Alto Tribunal declaró la nulidad de las cláusulas suelo en caso de vicio en el consentimiento, esto es, cuando el cliente que suscribió una hipoteca de tales características no recibió información suficiente de las peculiaridades y riesgos de este producto.

Los requisitos de transparencia de las cláusulas suelo, el caballo de troya

En relación con otro recurso interpuesto por Caja Rural Teruel, el Supremo sí ha desestimado las pretensiones de los clientes, al entender que en ese caso la cláusula suelo sí cumplía con los requisitos de transparencia.
El Supremo, en su conocida sentencia de mayo de 2013, afirmó que no había lugar a aplicar la retroactividad por las cláusulas suelo, pero el TJUE le corrigió asegurando que el abuso de la banca se produjo desde el momento de la firma del contrato hipotecario.
El 9 de mayo de 2013, el Alto Tribunal declaró la nulidad de las cláusulas suelo en caso de vicio en el consentimiento; un éxito parcial para los afectados pues sólo obligaba a la banca a reparar el daño a partir del día en el que fue dictado el veredicto.
Los promotores acusan al TJUE de “hostigar” a los bancos y de provocar un encarecimiento de las hipotecas, mientras que una de las partes personadas en los recursos, BBVA, ha manifestado que devolverá el dinero lo antes posible, siempre tras la sentencia.

Noticias Relacionadas: