El Supremo estudia ahora cambiar de criterio: indemnización a los afectados por Barajas

El Supremo estudia ahora cambiar de criterio: indemnización a los afectados por Barajas

07 marzo, 2017
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Actualizado: 07 marzo, 2017 13:09
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El Supremo ha pospuesto el debate sobre su sentencia definitiva sobre el conflicto entre AENA y los vecinos de la urbanización madrileña de Santo Domingo. El Alto Tribunal se reunía este martes para decidir si suspende vuelos sobre la zona o si evita los perjuicios económicos y operativos que ello conllevaría mediante el pago de indemnizaciones a los perjudicados, pero finalmente y al no llegar a un consenso a pospuesto su decisión para esta misma semana, sin concretar fecha.
Aena ya ha asegurado que se perderían miles de millones de euros, unos 70 millones de pasajeros y se tendría que despedir personal hasta 2030 si se prohíben vuelos sobre la urbanización.
Según han informado a Efe fuentes del Alto tribunal, la sala baraja el interés general como contrapeso de los derechos de los vecinos, lo que podría llevar a que resolviera el conflicto mediante una indemnización, una solución que podría no contentar a los vecinos ya que tendrían que seguir lidiando con los ruidos.
El Alto tribunal baraja también la posibilidad de que no se suspenda el 30% de los vuelos del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas que sobrevuelan la urbanización madrileña de Santo Domingo, sino un porcentaje menor.
La sentencia original a la que da cumplimiento esa orden de suspensión de vuelos no cuenta con base técnica, sino más bien con la lógica de los derechos fundamentales en juego.
Esas dudas sobre la base técnica en la que se sustenta la orden de suspender el 30% de los vuelos de Barajas sobre la urbanización sería una posible base para que no se ejecutara la sentencia original del Supremo.
De este modo, los intereses generales prevalecerían sobre la vulneración del derecho a la intimidad domiciliaria de los vecinos provocado por el ruido de los vuelos que pasan sobre sus viviendas.
AENA (Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea) ha alertado sobre el riesgo de pérdida de decenas de miles de empleos y perjuicios a la operatividad del aeropuerto, e incluso para la imagen de la marca España, que podría generar la suspensión del 30% de los vuelos sobre la urbanización.
Lo que tiene que deliberar concretamente una sección de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo es si el auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que obligaba a suspender el 30% de los vuelos sobre la urbanización Santo Domingo debe permanecer suspendido o si debe ejecutarse en cumplimiento de una sentencia anterior del alto tribunal.
Sea cual sea su sentido, el fallo debería poner punto final a un conflicto que dura ya más de una década, el que gira en torno a la ruidosa pista 18R/36L de Barajas. El Supremo dictaminó en 2008 que la citada pista vulnera el derecho a la intimidad domiciliaria de los vecinos por el ruido que provocan los aviones que sobrevuelan la Ciudad Santo Domingo en Algete (Madrid).
En 2013, el mismo tribunal ordenó al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que obligara al aeropuerto de Barajas a reducir el ruido que estos ciudadanos soportan como consecuencia de los vuelos de aviones.
Fue en cumplimiento de aquella sentencia como, en diciembre de 2014, el tribunal madrileño dictó un auto en el que acordaba como medida de ejecución del fallo del Supremo «una reducción del número de sobrevuelos de la urbanización Ciudad Santo Domingo del 30%, calculado sobre el número de sobrevuelos existente en 2004, que ascendió a 20.730».
La referencia a 2004 obedece a que ese fue el año en que se originó un pleito. Tras adoptar aquella decisión, el TSJM dejó la última palabra en manos del Supremo al «suspender la ejecutividad de nuestro auto».
Un juez madrileño citó como investigados, en 2016, al presidente de AENA, José Manuel Vargas, y a su antecesor, Juan Ignacio Lema, por delitos de desobediencia y contra el medio ambiente. El juez admitió a trámite una querella criminal presentada por los vecinos de Ciudad Santo Domingo por incumplimiento de la sentencia del Supremo que les dio la razón.
AENA, que cotiza en bolsa desde febrero de 2015 y mantiene un 51% en manos públicas, divulgó un informe poco más tarde de aquella citación. En ese informe calculaba que si se suspendiera ese 30% de vuelos se generaría una posible disminución acumulada de pasajeros hasta 2030 de 70 millones y la pérdida de unos 14.000 empleos en la región madrileña, que alcanzarían los 42.000 en toda España.

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