El Supremo rebaja en un 50% la multa a Iberdrola por competencia desleal

El Supremo rebaja en un 50% la multa a Iberdrola por competencia desleal

09 febrero, 2017
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Actualizado: 09 febrero, 2017 14:45
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El Tribunal Supremo ha reducido a 5,3 millones de euros la multa impuesta en 2014 a Iberdrola por competencia desleal en la captación de clientes durante el proceso de liberalización del mercado de comercialización de energía eléctrica ente los años 2009 y 2010.
La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal reduce así a la mitad la sanción impuesta en febrero de 2014 por el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia, que sancionó a Iberdrola, Iberdrola CUR e Iberdrola Generación, al entender que la cuantía «no fue proporcional ni se graduó correctamente».
Aunque ratifica que Iberdrola cometió la infracción a la Ley de Defensa de la Competencia, considera que la multa adecuada es de 5,3 millones de euros al concurrir una serie de circunstancias que reducen su responsabilidad, entre ellas que la infracción se produjo únicamente durante ocho meses, entre agosto de 2009 y marzo de 2010.
También considera poco relevante el número de consumidores afectados -268.001-, los clientes sin derecho a tarifa de último recurso transitoriamente suministrados por Ibercur que fueron automáticamente traspasados a la comercializadora libre del grupo sin recabar su consentimiento.
Asimismo, relativiza el efecto de la infracción sobre el resto de empresas comercializadoras, a las que la conducta infractora situó en una posición de desventaja competitiva «pero no les cerró la posibilidad de dirigir ofertas de contratación a los clientes que las recurrentes habían traspasado al mercado libre».
De este modo, el Supremo estima en parte sendos recursos, de casación y contencioso-administrativo presentados por la compañía y anula la sanción impuesta en su día por la CNC, aunque «exclusivamente» en lo relativo al importe de la multa, que reduce a la mitad.
Y es que el importe de multa no fue «proporcionado» ni «ajustado a derecho«, y no se ajustó la infracción cometida a la sanción aplicada.

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