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Técnicas Reunidas gana una sanción de 143 millones al TEAC en la Audiencia Nacional
Planta construida por Técnicas Reunidas.

Técnicas Reunidas gana una sanción de 143 millones al TEAC en la Audiencia Nacional

15 febrero, 2023
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Actualizado: 15 febrero, 2023 19:33
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 La Audiencia Nacional ha anulado una sanción de 143 millones de euros impuesta en 2018 por el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) a Técnicas Reunidas.

En una sentencia fechada el pasado 27 de enero a la que ha tenido acceso EFE, la sala de lo contencioso ha estimado el recurso de la empresa contra una serie de resoluciones del TEAC de mayo de 2018 sobre el impuesto de Sociedades de los ejercicios 2008, 2009, 2010 y 2011, cuyo importe ascendía a 142.890.242,24 euros.

Lo que ha tenido en cuenta la Audiencia Nacional es la responsabilidad tributaria de las Uniones Temporales de Empresas (UTE) con las que la empresa opera en el extranjero, así como los modelos de precios de transferencia utilizados por Técnicas Reunidas en las transacciones intragrupo.

La controversia se refería a la regularización relativa a las operaciones vinculadas entre las once UTEs que habían sido objeto de comprobación, de cada una de las cuales se habían dictado los correspondientes acuerdos de liquidación.

La regularización consistió en determinar la base imponible de cada una de ellas en un importe igual a cero, y el ajuste correspondiente en la liquidación del Impuesto sobre Sociedades de Técnicas Reunidas. Como la base imponible resultó igual a cero, se eliminaron los ajustes al resultado contable de Técnicas Reunidas.

Ante las resoluciones del TEAC, Técnicas Reunidas alegaba que todo se hizo conforme a derecho, e indicaba que los ajustes practicados en su base imponible en concepto de rentas exentas procedentes de UTEs que operan en el extranjero eran adecuados, ya que las UTEs sí aportan valor añadido.

Dicho valor añadido, y por consiguiente, la base imponible, coincide con el declarado por las UTEs y sus miembros en los referidos ejercicios, añadía; estas UTEs operan en el extranjero y, por tanto, «sus miembros pueden aplicar a las rentas obtenidas» la exención tributaria prevista por la ley, señala la sentencia.

Técnicas Reunidas ha comunicado este miércoles a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que, a fecha de hoy, la Audiencia Nacional ha notificado cuatro sentencias en relación con estas liquidaciones.

Una de ellas es la dictada en el procedimiento seguido contra Técnicas Reunidas, en su calidad de entidad dominante del grupo de consolidación fiscal, que es la entidad a quien se le liquidaba la mencionada deuda en su totalidad, y las otras tres se corresponden con los procedimientos seguidos contra tres de las UTEs regularizadas.

En la actualidad, se está a la espera de que se notifiquen las sentencias correspondientes a las ocho UTEs restantes.

Estas sentencias no tienen impacto en la cuenta de resultados del grupo y cabe contra ellas recurso de casación por la Abogacía del Estado ante el Tribunal Supremo en los 30 días hábiles inmediatos al fallo, ha informado la compañía.

Adicionalmente, y con el objetivo de minimizar futuras controversias, Técnicas Reunidas ha señalado que firmó en 2022 un Acuerdo Previo de Valoración con la Agencia Tributaria que define el modelo de tributación del grupo fiscal en España en base a criterios BEPS (Base Erosion and Profit Shifting) desde el ejercicio 2015 en adelante.

Todos los ejercicios anteriores a 2015 han sido ya inspeccionados, ha añadido Técnicas Reunidas en su comunicado a la CNMV. 

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