Temor a que el Gobierno haga con la moratoria de impuestos lo mismo que con las cuotas a la Seguridad Social: aplazarlos una vez cobrados
Los economistas esperan que «no ocurra» en la moratoria de impuestos para pymes y autónomos lo mismo que sucedió con el aplazamiento de cuotas de la seguridad social, que se aprobó el 31 de marzo, cuando ese mismo día ya habían cobrado a los autónomos las correspondientes a ese mes, y a las empresas las relativas a febrero.
El Consejo General de Economistas ha lamentado este sábado que el Gobierno aún no haya aprobado la moratoria para presentar las autoliquidaciones tributarias del primer trimestre, dado que el próximo miércoles 15 de abril termina el plazo para domiciliar el pago.
La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, avanzó ayer que la próxima aprobación de un aplazamiento de los impuestos a pagar por pymes y autónomos en abril (retenciones de IRPF, IVA y pago fraccionado de personas físicas y Sociedades) hasta el 20 de mayo, además de permitir a los empresarios en módulos renunciar temporalmente a este sistema.
El presidente del Consejo General de Economistas, Valentín Pich, ha señalado, en un comunicado, que «aun entendiendo las dificultades para gestionar una crisis de estas características, algunas medidas se están tomando con el tiempo demasiado ajustado».
No obstante, según Pich, esta ampliación de plazos de las autoliquidaciones tributarias a presentar el próximo 20 de abril -hasta el 20 de mayo- «va a dar algo de respiro a los economistas que están desbordados atendiendo las muchas necesidades que en estos momentos están requiriendo las empresas a las que asesoran.
Los economistas recomiendan que se presenten los impuestos con normalidad, si no se quiere esperar más, acudiendo al aplazamiento sin garantías de hasta 30.000 euros para determinadas pymes y autónomos, en caso de que se necesite.
Sin embargo, sugieren esperar a que se publiquen las modificaciones anunciadas en caso de especialmente los empresarios en módulos que tienen que presentar el modelo 131 del pago fraccionado y las sociedades con volumen de operaciones que no superen 600.000 euros y que hubieran optado por calcular el modelo 202 de pago fraccionado por un porcentaje sobre la cuota de ejercicios anteriores.
Por otra parte, los economistas se han congratulado de que la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública haya interpretado que el término del plazo de legalización de libros de los empresarios se haya desplazado a cuatro meses después de que termine el estado de alarma.