Vueling, multada con 28.000 euros por negar el embarque a una mujer por su escote
La aerolínea española Vueling recibe una multa de 28.000 euros por la Agencia Estatal de Seguridad Área por negar el embarque a una mujer con el argumento de que llevaba un bodi escotado, unos hechos que denunció Facua.
La mujer iba a coger un avión en el aeropuerto de Mallorca con destino a Barcelona, cuando una tripulante de la compañía en el embarque le dijo que no podía entrar porque llevaba un bodi escotado, ha informado este jueves la asociación de consumidores.
A pesar de que varios pasajeros instaron a la agente a que le permitiera acceder al avión, la compañía dejó en tierra a la afectada.
Facua advirtió de que se trataba de «una práctica discriminatoria con tintes machistas» y recordó que ninguna normativa prohíbe expresamente la admisión de los pasajeros por su indumentaria, siempre que la misma no vaya en contra del orden público.
Vueling, por su parte, ha afirmado que se trata de un caso de 2019 y que la asociación «difunde de nuevo la información de un caso ya resuelto y publicado en 2020».
Los hechos de la denuncia a Vueling ocurrieron en 2019
En relación con el incidente, la aerolínea indica que «ante la respuesta agresiva de la pasajera, se decidió llamar a las autoridades competentes».
Una portavoz de Vueling ha recalcado que «las condiciones de transporte, que se aplican de manera igualitaria a hombres y mujeres, establecen la posibilidad de denegación de embarque por su comportamiento».
Facua trasladó los hechos a AESA al entender que se habían vulnerado los derechos de esta usuaria «discriminándola por su forma de vestir, dejándola en una completa indefensión delante del pasaje».
Los hechos ocurrieron en 2019 y el expediente sancionador se resolvió en octubre de 2020, aunque no ha sido hasta ahora cuando la asociación recibió información sobre el resultado de su denuncia tras solicitarla en el Portal de Transparencia de la Administración General del Estado.
La AESA impone a la aerolínea una multa de 28.000 euros por haber vulnerado varios artículos de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea relativos a infracciones contra la seguridad de la aviación civil.