Caso Banco Popular: el magnate chileno Luksic no se rinde y pide de nuevo la imputación del Santander

Caso Banco Popular: el magnate chileno Luksic no se rinde y pide de nuevo la imputación del Santander

14 abril, 2023
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Actualizado: 14 abril, 2023 18:46
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Aeris Invest, vehículo de inversión del grupo del magnate chileno Andrónico Luksic y exaccionista del Banco Popular, ha solicitado al juez de la Audiencia Nacional que investiga la caída de la entidad que vuelva a imputar en el caso al Banco Santander, que desde 2019 figura sólo como responsable civil.

En su opinión, «se han acumulado múltiples indicios sugestivos» de que la compra del Popular por parte del Santander «discurrió en un escenario de tolerancia y de evidente indiferencia hacia los múltiples indicios de las irregularidades contables y de gestión jurídica penalmente relevantes que acuciaban» al hoy extinto banco.

La acusación así lo interpreta en un escrito en el que ampara la existencia de estos indicios en la «exhaustividad y la completud» de la documentación contable, financiera y societaria a la que tuvo acceso la entidad que preside Ana Botín en el momento inmediatamente anterior a la compra.

También en la «evidencia de las irregularidades contables y de gestión» que se ponían de manifiesto «a la vista» los estados financieros a los que tuvieron acceso los técnicos del Santander, y a la constatación, por parte de este banco, de contingencias legales «por importe muy material» fruto de la ampliación de capital de 2016.

Por otro lado, Aeris Invest insiste, en el documento al que ha tenido acceso Efe, en que «tales irregularidades fueron advertidas por la totalidad de las entidades financieras que fueron invitadas a pujar por el Popular».

Asimismo, percibe como indicio «las propias circunstancias del modo en que se produjo la adquisición, consumada fuera del plazo previsto para culminar el proceso competitivo, tras el abandono del resto de entidades y en un escenario de exclusividad o cuanto menos, de la elocuente soledad en la que se encuentra quién desprecia el riesgo penal».

En su opinión, la investigación judicial llevada a cabo ha hecho «aflorar suficientes indicios» de que en el momento de la compra, el Santander «tenía que ser perfecto conocedor de las infracciones penales que podrían haberse cometido en el seno del Popular».

De esta forma, habría incumplido «severamente su deber de detección de las mismas, con clara indiferencia y tolerancia al riesgo penal en el que pudiera haber incurrido el Popular antes de su adquisición o evitando la conducta debida ante tal detección».

Para Aeris Invest, a pesar de que el Santander detectó contingencias legales «por importe de 1.400 millones, entre las que se incluían las posibles reclamaciones por parte de los inversores minoristas que acudieron a la ampliación de capital, se obviaron los posibles indicios delictivos derivados de dicha ampliación, ocultándose y no denunciando los mismos a las autoridades».

Por ello, solicita al titular del juzgado central de Instrucción número 4, José Luis Calama, que dirija la causa contra el Santander como persona jurídica investigada, y posteriormente le requiera que identifique a quienes participaron en la «due diligence» legal de mayo de 2017, como consecuencia del proceso de venta competitiva del Popular.

De igual modo, reclama que se le pida los criterios que se utilizaron para calcular el importe total en el que se cifraron las contingencias legales detectadas en el marco de la «due diligence».

Aeris Invest que, en el momento de la resolución del Popular, el 7 de junio de 2017, tenía una participación del 3,45 % en el capital del banco, ha sido una de las acusaciones más activas de este procedimiento, elevando el debate, incluso, a Europa.

No obstante, en diciembre de 2021, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) desestimó su recurso así como el de Algebris y Anchorage Capital Group, contra una sentencia anterior que dio la razón a la Junta Única de Resolución (JUR) por el caso del Popular.

Los recursos giraban en torno a si los antiguos accionistas y acreedores del Banco Popular podían solicitar una «valoración definitiva a posteriori» de la entidad cuando sus instrumentos de capital ya habían sido amortizados o cancelados por completo y el banco había dejado de existir tras la fusión con el Santander.

En su argumentación, los jueces del TJUE declararon que la decisión de la JUR de no realizar una valoración definitiva ‘a posteriori’ «no podía calificarse de acto lesivo» y, por lo tanto, «no era impugnable».

Ya antes, en 2018, el magnate chileno había reclamado al Santander, en una carta dirigida a Botín, más de 113 millones de euros invertidos en acciones del Popular a través de Aeris Invest, que resultaron amortizadas tras la resolución, y reprochaba al banco por obtener un «enriquecimiento injusto» en la compra.

A pesar de que el Santander llegó a estar imputado en la causa abierta en España, en abril de 2019, la Audiencia Nacional admitió su recurso en contra del criterio de la Fiscalía, y dejó sin efecto su condición de investigado, «sin perjuicio de lo que más adelante y, resultado de las diligencias de investigación, pudiera resultar». 

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