El Banco de España, preocupado por los seguros que acompañan a las hipotecas

El Banco de España, preocupado por los seguros que acompañan a las hipotecas

13 enero, 2022
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Actualizado: 13 enero, 2022 14:21
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El Banco de España ha pedido a las entidades financieras que sean transparentes en la comercialización de los seguros de prima única que obligan a suscribir a los clientes ligados, sobre todo, a operaciones de crédito hipotecario.

En una publicación en su portal del cliente bancario, señala que las entidades «tienen la obligación» de ser totalmente transparentes sobre los seguros, dar información «completa y clara» y, cuando la contratación de un seguro sea obligatoria, incluir su coste en el cálculo de la Tasa Anual Equivalente (TAE), para que se puedan hacer comparaciones con otras ofertas.

Recuerda que es frecuente que los bancos ofrezcan un catálogo de seguros a sus clientes, y en algunos casos, pueden llegar a exigirlos para la contratación de un producto financiero, como ocurre con los préstamos hipotecarios, en los que el beneficiario es la propia entidad financiera para garantizarse el cobro de lo prestado.

A diferencia de los seguros de prima anual, en los de prima única el coste total del seguro se abona al principio de la operación y en muchos casos es financiado por la propia entidad prestamista, incrementando el capital solicitado.

Por ejemplo, si se solicitan 20.000 euros para realizar obras en casa y se suscribe un seguro de vida de prima única financiada cuyo coste es 3.000 euros, el importe total del crédito sube hasta los 23.000 euros, cantidad que computa para fijar los intereses y la comisión de apertura de la propia operación, además de que aumenta la prima al subir el capital asegurado.

El Banco de España explica que, como en cualquier otro seguro, los clientes tienen el derecho a desistir de la póliza en los 30 días siguientes a la formalización, sin ningún tipo de penalización y sin necesidad de indicar los motivos y recomienda no firmar la póliza de seguro antes del préstamo.

Además, en el caso de los contratos de crédito inmobiliario, el prestamista tiene la obligación de aceptar pólizas alternativas que su cliente plantee contratar, siempre que ofrezca condiciones y prestaciones equivalentes a las que él hubiera propuesto.

Advierte también de que es preciso asegurarse de cuál es el período de cobertura de la póliza porque es posible que, en el caso de operaciones largas como préstamos hipotecarios, la cobertura del seguro no alcance todos los años del período de amortización.

También recuerda que si se produce la cancelación anticipada, lo habitual es que se cancele también el seguro y que el banco devuelva la prima no consumida.

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