El bloque de Sánchez en el Constitucional avala por 6 a 4 votos la Ley de Vivienda
De los últimos cuatro miembros del Tribunal Constitucional, de izquierda a derecha, María Luisa Segoviano, Juan Carlos Campo -ministro de Justicia con Pedro Sánchez entre 2020 y 2021-, Laura Díez y César Tolosa, solo este último no está alineado con las tesis socialistas.

El bloque de Sánchez en el Constitucional avala por 6 a 4 votos la Ley de Vivienda

21 mayo, 2024
|
Actualizado: 21 mayo, 2024 17:38
|
PUBLICIDAD

El Tribunal Constitucional, o mejor dicho los seis magistrados alineados con el Gobierno de Pedro Sánchez, el denominado bloque progresista, ha avalado la mayor parte de la Ley de Vivienda, al cumplirse un año de su entrada en vigor, tras rechazar la mayoría de las impugnaciones a la norma efectuadas por la Junta de Andalucía. Aún así, el artículo que rige la vivienda protegida no ha pasado el corte del Constitucional, pese a su apoyo a todos los procedimientos que le son favorables al Ejecutivo de PSOE-Sumar.

Este es el primero de los ocho recursos que tiene pendiente el Constitucional contra diversos preceptos de la norma, de manera que esta sentencia, como apunta la lógica, se aplicará como doctrina para el restos de recursos.

Han anunciado voto particular la magistrada Concepción Espejel, y los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo y César Tolosa.

La sentencia es de la magistrada progresista María Luisa Segoviano

Aunque el tribunal estima parcialmente el recurso de la Junta, la sentencia, de la magistrada progresista María Luisa Segoviano, salva la mayor parte de la ley estatal, añaden las fuentes.

Las fuentes se refieren, por ejemplo, a la competencia del Estado para regular las condiciones básicas del ejercicio en plano de igualdad del derecho de acceso a una vivienda digna.

Ahora bien, la sentencia declara inconstitucionales algunos preceptos de la misma, del que sobresale la nulidad del artículo 16 que hace referencia a la vivienda protegida.

Dicho artículo establece unos principios para regir la vivienda protegida, si bien lo hace tras mencionar que eso se hará «sin perjuicio de las condiciones y requisitos establecidos por la legislación y normativa de ámbito autonómico o municipal, que tendrán en todo caso carácter prevalente».

El gobierno de Andalucía consideraba que la ley de vivienda «invade competencias», algo que niega el Constitucional excepto en el caso de la vivienda protegida

El gobierno de Andalucía consideraba que la ley de vivienda «invade competencias» en materia de vivienda «exclusivas» recogidas en el Estatuto de Autonomía de Andalucía.

La Junta entendía que el Estado «no puede legislar, ni siquiera de forma supletoria, en materia de vivienda, tal y como se ha pronunciado de forma reiterada el Tribunal Constitucional», según argumentó el gobierno autonómico en la presentación del recurso.

El recurso proponía la impugnación de toda la regulación recogida en la ley en torno al concepto de vivienda protegida, vivienda asequible incentivada, gran tenedor y parque público.

La corte de garantías tiene pendientes aun cinco recursos contra la Ley de Vivienda ya admitidos: PP, el Parlamento de Cataluña y los gobierno de Islas Baleares, País Vasco y Comunidad de Madrid.

También han recurrido la norma la Generalitat de Cataluña y la Junta de Galicia, aunque en estos casos los recursos están aún pendientes de admisión a trámite.

Noticias Relacionadas: