El TGUE avala la opacidad del BCE en la resolución del Banco Popular
El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) desestimó este miércoles varios recursos presentados por el fondo Aeris Invest, exaccionista del Banco Popular, y por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), contra las decisiones por las que el Banco Central Europeo (BCE) les denegó el acceso a documentos sobre la resolución del Popular por lo que no tuvieron acceso a la información de la resolución del banco y ahonda en la opacidad con la que se realizó una operación de gran envergadura que afectó gravemente el patrimonio de accionistas y bonistas del banco.
En el caso de los recursos interpuestos por Aeris Invest, la corte anuló parcialmente una de las decisiones del BCE impugnadas, pero solo por haberle denegado el acceso al resultado de una votación de su Consejo de Gobierno, que aparece en las actas de esa reunión.
El tribunal consideró que esa parte de la decisión de FrÔncfort no estaba motivada, por lo que la ha anulado, pero ha desestimado el recurso de Aeris en todo lo demÔs.
El Banco Popular fue sometido en 2017 a un proceso de resolución ordenado por la Junta Ćnica de Resolución europea que culminó con la venta de la entidad al Banco Santander por un euro y acarreó pĆ©rdidas millonarias a accionistas y tenedores de deuda de la entidad.
La Junta Ćnica de Resolución (JUR) concluyó mĆ”s tarde que estos no tenĆan derecho a compensación puesto que salieron mejor parados que si la entidad se hubiera liquidado.
Aeris, que sufrió pĆ©rdidas con la operación, solicitó acceso a varios documentos relativos a la resolución al BCE, que se lo denegó argumentando que se trata de documentos confidenciales cubiertos por el secreto profesional y que contienen información comercialmente sensible que podrĆa afectar a los intereses del Popular y el Santander.
Alegó asimismo que la publicación de la situación de liquidez y capital del Banco Popular en los dĆas previos al a resolución, asĆ como del uso que hizo de la liquidez de emergencia del BCE podrĆan socavar la eficacia de la polĆtica monetaria y la estabilidad financiera.
El Tribunal General de la UE dio hoy la razón al BCE en estos argumentos.
En su sentencia, seƱala que la institución actuó correctamente al denegar el acceso a la información sobre liquidez de emergencia acogiĆ©ndose a una excepción en sus normas de acceso pĆŗblico a documentos y que, efectivamente, divulgar esa información perjudicarĆa a la polĆtica monetaria y el interĆ©s financiero.
La corte confirma ademĆ”s que los documentos contenĆan información confidencial y desestima el argumento de Aeris de que la publicación de la misma no causarĆa perjuicio a los intereses del Popular y el Santander.
AsĆ pues, avala que el BCE fundase sus decisiones en la protección de la información considerada confidencial y, en una de ellas, en la protección del interĆ©s pĆŗblico en cuanto a la polĆtica monetaria y la estabilidad financiera.
El Tribunal General utiliza un argumento similar para desestimar el recurso presentado por la OCU, que acudió en 2017 a la justicia despuĆ©s de que el BCE le denegase el acceso al contenido Ćntegro del informe que determinó que el Popular podĆa quebrar, de los informes de valoración de la entidad y del expediente completo de resolución.
En una sentencia distinta emitida tambiĆ©n hoy, la corte desestima la alegación de la OCU de que la información sobre los activos y pasivos del Popular fuese de dominio pĆŗblico y considera que los documentos contenĆan información confidencial protegida por el secreto profesional, por lo que el BCE actuó correctamente al denegarle el acceso.
AƱade ademĆ”s que la OCU no podĆa alegar el derecho de defensa para acceder al expediente de resolución, que es estĆ” solo disponible para el Popular.
Las decisiones del Tribunal General pueden recurrirse en casación ante el Tribunal de Justicia de la UE.