Herrero propone acabar con el IVA reducido de la hostelería ‘del que hacen uso las rentas más altas’

Herrero propone acabar con el IVA reducido de la hostelería ‘del que hacen uso las rentas más altas’

La presidenta de la AIReF, Cristina Herrero, señala, por el contrario que hay que mantener el supereducido del pan, porque beneficia a las rentas más bajas
22 julio, 2020
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Actualizado: 22 julio, 2020 14:08
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La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) aconseja revisar los tipos reducidos de IVA conforme vaya mejorando la situación económica, instando, por ejemplo, a mantener el supereducido del pan, porque beneficia a las rentas bajas, pero no subir el reducido de la hostelería, que beneficia a las rentas más altas.


La presidenta de la AIReF, Cristina Herrero, ha presentado este miércoles la evaluación de los 35.000 millones de euros que cada año gasta el Estado en trece beneficios fiscales concretos, que suponen el 60 % de todas las reducciones y deducciones fiscales vigentes que tienen un coste total anual de 60.000 millones.

Herrero ha destacado el importante coste de oportunidad en términos de recaudación que suponen los beneficios fiscales en España, por lo que ha considerado fundamental garantizar que estos incentivos cumplen de forma eficaz el objetivo para el que fueron creados.

La evaluación que ha hecho la AIReF analiza si el incentivo fiscal cumple su objetivo y si aun cumpliéndose genera algún tipo de distorsión que se debería corregir, y a partir de ahí formula sus propuestas.

Los tipos reducidos de IVA del 4 y 10 % son los que acumulan el mayor coste fiscal anual (17.787 millones).

El informe dice que cumplen con su objetivo de facilitar el acceso a bienes y servicios de primera necesidad, sociales, culturales o estratégicos, pero concluye que no lo hace de forma eficiente desde el punto de vista distributivo.

La AIReF no habla de eliminar los tipos reducidos sino de revisar los productos y servicios acogidos a ellos, a la vista de que son superiores a la media europea, teniendo en cuenta la evolución de la coyuntura económica y protegiendo a los colectivos y sectores afectados.

Al respecto, el informe señala que el tipo efectivo de IVA en España es del 11,1 % frente al 14 % de la media europea, y señala por ejemplo que el tipo supereducido para el pan puede beneficiar a las rentas más bajas, pero no el tipo reducido en la hostelería, de la que hacen uso rentas más altas.

Respecto a la reducción por aportaciones a sistemas de previsión social (planes de pensiones y jubilación) en el IRPF, con un coste anual de 1.643 millones, la AIReF concluye que no consigue el objetivo de incentivar el ahorro a largo plazo.

Por ello, plantea su reformulación completa de manera coherente con las recomendaciones que se acuerden en el Pacto de Toledo sobre ahorro complementario a largo plazo, pero no habla de eliminarla.

Por el contrario, sí recomienda la supresión del sistema de tributación conjunta en el IRPF, que supone una pérdida de recaudación de 2.392 millones al año, porque considera que tiene un impacto negativo de género, a pesar de conseguir su objetivo de beneficiar a los hogares que solo tienen un perceptor de rentas.

Según el informe, la tributación conjunta desincentiva la participación laboral de las mujeres, por lo que propone acelerar su paulatina desaparición y establecer un régimen transitorio para no perjudicar a las familias con menor capacidad de adaptar sus decisiones de participación a la nueva situación.

Además, cree que habría que compensar el efecto negativo que continuará teniendo durante la vigencia del régimen transitorio con nuevos incentivos a la participación laboral de las mujeres que disminuyan la brecha de género.

En el caso de la reducción por arrendamiento de viviendas en el IRPF, con un coste de 1.039 millones, propone que se rediseñe para que sirva para facilitar el acceso al alquiler a colectivos vulnerables, teniendo en cuenta las especiales necesidades en áreas metropolitanas.

En cuanto a las sicav, que tributan al 1 % en el impuesto de sociedades, la AIReF duda de la naturaleza colectiva de la inversión a través de estos instrumentos, pero no cuestiona sus ventajas fiscales, que suponen una pérdida de recaudación de 323 millones anuales.

Al respecto, aconseja reforzar los requisitos para que las acciones de la sociedad no se concentren en un número reducido de accionistas.

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