Las condiciones de una zona tensionada para fijar el precio del alquiler, según la ley de vivienda
La ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra (d), la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social , Yolanda Díaz (c) y la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau (d) en la sala Campoamor durante las jornadas sobre Ley Estatal de vivienda celebradas este pasado lunes en Madrid. EFE/ J.J. Guillén

Las condiciones de una zona tensionada para fijar el precio del alquiler, según la ley de vivienda

21 octubre, 2021
|
Actualizado: 21 octubre, 2021 12:21
|
PUBLICIDAD

El texto de la nueva ley de vivienda, que ha dejado de ser un bien de mercado, según la extrema izquierda, consensuada por el Gobierno de coalición -PSOE y Unidas Podemos- contempla que podrán ser declaradas como zonas tensionadas aquellas en que los gastos de la vivienda, incluido el alquiler, supongan más del 30 % de los ingresos.

El texto de la nueva ley de vivienda, que limitará los precios del alquiler en las zonas tensionadas y cuyos detalles han sido adelantados este jueves por la cadena SER, añade sobre la definición de un barrio en zona tensionada que será también aquella que, en los cinco últimos años, los precios de compra o alquiler hayan subido más de 5 puntos por encima del IPC autonómico.

La nueva ley, que será abordada este jueves por la comisión de subsecretarios previa al Consejo de Ministros, contempla también descuentos en el IRPF a los dueños que bajen precios y recargos en el IBI a las viviendas desocupadas.

Cabe recordar las distintas competencias autonómicas y municipales existentes en la materia y que, en última instancia, serán estas las que soliciten si quieren aplicar o no el control de precios en las zonas tensionadas.

En esas zonas y según el avance del texto legal, el inquilino puede pedir la prórroga del alquiler más allá del plazo general por otros tres años y en las mismas condiciones.

Además, en los nuevos contratos de alquiler no podrá subirse el precio, excepto que se hayan realizado mejoras en la vivienda siempre que se trate de un pequeño propietario. En este último caso, el propietario puede subir un 10 % el alquiler.

En el caso de una rebaja del alquiler de al menos en un 5 %, el propietario podrá desgravarse hasta el 90 % del ingreso en el IRPF.

La desgravación general, indica la norma, será del 50 % y no del 60 % actual para los nuevos contratos de alquiler.

Con el objetivo de incentivar el uso de las viviendas vacías el texto faculta a los ayuntamientos para que apliquen un recargo del 50 % del IBI a las casas desocupadas de forma permanente durante más de dos años, cuyo porcentaje aumenta para las que estén de esa forma más de tres años y, también, si se tienen dos o más viviendas en esa situación en el municipio.

La ley establece la anunciada reserva de hasta un 30 % de suelo para vivienda protegida, pero añade algunos matices como el que apunta a que se aplicará ese porcentaje si se urbaniza una zona hasta entonces calificada como rural, que será del 10 % si se renueva una finca urbana.

Para nuevas promociones en suelo urbano, las administraciones deberán compensar a los dueños para alcanzar ese 30 % y, en determinados casos, estos podrán aportar suelo en zonas próximas pero la mitad de la vivienda protegida ha de destinarse a alquiler asequible.

Noticias Relacionadas: