Planes de pensiones y fondos de inversión, ¿qué fiscalidad tienen?

Planes de pensiones y fondos de inversión, ¿qué fiscalidad tienen?

26 diciembre, 2016
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Actualizado: 26 diciembre, 2016 10:10
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Con la aportación a planes de pensiones surge el derecho a reducir tu base imponible: declararás menos en tu declaración de la renta.
Al hacerlo, pagarás menos, no solamente por declarar menos, sino también porque el tipo al que tributas será más bajo.
BBVA recuerda que las aportaciones a planes de pensiones tienen ciertos límites. No pueden superar los 8.000 euros en un mismo año, ni tampoco el 30% de la suma de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas.
Además, será posible aportar hasta 2.500 euros a planes de pensiones de tu cónyuge si tiene menos de 8.000 de rendimientos anuales del trabajo y actividades económicas.
Ese límite es conjunto para la suma de todas tus aportaciones a planes de pensiones y otros sistemas de previsión social, como mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial o seguros de dependencia.
Los límites se amplían en el caso de aportaciones a sistemas de previsión social de los incapacitados judicialmente y de los discapacitados con un grado de discapacidad física o sensorial superior al 65%, o psíquica superior al 33%. Los discapacitados pueden aportar hasta 24.250 euros anuales. Por su parte, sus parientes o tutores pueden sumar, cada uno, 10.000 euros anuales a planes de pensiones u otros sistemas de previsión social a favor de discapacitados.
En el caso de los fondos de inversión, fiscalmente no sucede nada especial en el momento en que colocas tus ahorros en uno, aunque tienes una ventaja importante. A diferencia de lo que sucede en los planes de pensiones, no hay límites a la cantidad de dinero que puedes colocar en los planes de pensiones.

¿Qué sucede con las ganancias que se generan a lo largo de los años?

Mientras tienes el dinero invertido en planes de pensiones o fondos de inversión, lo normal es que el valor de tu inversión vaya creciendo. Pero, ni en los fondos de inversión, ni en los planes de pensiones, tendrás que tributar por las ganancias mientras no dispongas del dinero.
En algunos fondos de inversión, una parte de su valor se reparte en forma de dividendos. Esos dividendos sí tienen que tributar como rendimientos del capital mobiliario. El tipo al que lo harán, en función de las rentas del ahorro que obtengas, estará entre un 19% y un 23%.

¿Y si cambias de plan de pensiones o de fondo de inversión?

Puedes cambiar de un fondo de inversión a otro en cualquier momento sin tener que tener que tributar por las ganancias obtenidas a través de una operación denominada traspaso. En los planes de pensiones, aunque no se pueda retirar la inversión libremente, también puedes cambiar de un plan de pensiones a otro sin tener que tributar por ello.

¿Qué sucede cuando rescatas tu dinero?

En el momento de recibir las prestaciones de un plan de pensiones, lo que rescates tributará en el IRPF al tipo general que te corresponda en ese momento. Habrás retrasado el pago de impuestos durante todo el período de tiempo que ha transcurrido desde las aportaciones a la percepción de las prestaciones.
En los fondos de inversión, no tendrás que declarar todo el dinero que reembolses, sino sólo la parte del dinero que se corresponde con una ganancia. Declararás la diferencia entre lo que reembolsas y lo que invertiste en el fondo de inversión. Lo que invertiste ya tributó en su momento, cuando generaste la renta que invertiste en el fondo de inversión.

En caso de fallecimiento, ¿qué pasa con la fiscalidad de los fondos de inversión y planes de pensiones?

Al heredar un fondo de inversión, no tributa por lo que llevase ganado la persona fallecida. Sí habrá que pagar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en el que en muchas CCAA hay importantes exenciones en el caso de transmisiones entre padres e hijos.
Y, cuando reembolses las participaciones, tendrás que tributar por la diferencia entre el valor de enajenación de las participaciones y el valor declarado en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Si heredas o eres beneficiario de un plan de pensiones, tributarás por las prestaciones que recibas como rendimiento del trabajo, al tipo general al que tributes, pero no deberás pagar Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Y recuerda que es fundamental que realices una adecuada planificación de tus aportaciones a planes de pensiones. Te será mucho más sencillo si empleas un simulador de BBVA para realizar los cálculos y estimaciones.

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