Sánchez, citado como testigo en el caso Begoña Gómez por el juez Peinado

Sánchez, citado como testigo en el caso Begoña Gómez por el juez Peinado

22 julio, 2024
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Actualizado: 22 julio, 2024 13:02
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El juez que investiga a Begoña Gómez por presunto tráfico de influencias ha citado a declarar como testigo al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el próximo 30 de julio desde la Moncloa, adonde se trasladará el magistrado para practicar el interrogatorio.

En una providencia dictada el pasado viernes, el mismo día que compareció Begoña Gómez y se negó a declarar en calidad de investigada, el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, acepta la petición formulada por las acusaciones populares, dirigidas por Vox, que solicitaban la declaración del jefe del Ejecutivo en calidad de testigo, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Para practicar el interrogatorio, el magistrado se trasladará al complejo residencial de la Moncloa, en virtud de los artículos 412 y 413 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), que, para algunos cargos públicos como el presidente del Gobierno, recoge la posibilidad de tomar declaración “sobre cuestiones de las que no haya tenido conocimiento por razón de su cargo” en su domicilio o despacho oficial.

La declaración de Sánchez quedará grabada

La declaración de Pedro Sánchez quedará grabada, como establece la misma norma, según ha dispuesto el juez Peinado en su resolución.

En ella, solicita a los servicios informáticos de la Comunidad de Madrid que se dirijan a la Moncloa el próximo 29 de julio para instalar “los dispositivos necesarios” para que la testifical del presidente del Gobierno “sea recogida en el correspondiente soporte de grabación”.

La citación del jefe del Ejecutivo como testigo se produce después de que el pasado viernes su mujer, Begoña Gómez, se acogiese a su derecho a no declarar al no ver suficientes garantías en el procedimiento judicial, como explicó su abogado, Antonio Camacho, a la salida de la comparecencia.

Esta decisión motivó que las acusaciones populares solicitasen la testifical de Pedro Sánchez con el objetivo de conocer qué ocurrió en las reuniones mantenidas por Begoña Gómez y empresarios como Juan Carlos Barrabés -también imputado- en La Moncloa.

El magistrado ha dictado además otra providencia este mismo lunes en la que acuerda imputar al rector de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), Joaquín Goyache, a quien cita el próximo 29 de julio a declarar, y que ya prestó declaración como testigo hace unas semanas.

Es la segunda vez que el juez cambia la situación procesal de un testigo en esta causa: ya lo hizo el pasado viernes cuando acordó investigar a Juan Carlos Barrabés, adjudicatario de varios contratos que centran la causa, apenas cuatro días después de que prestase declaración como testigo.

De este modo, con Begoña Gómez, son ya tres los investigados en esta causa, abierta por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios tras una denuncia del autodenominado sindicato Manos Limpias, a la que se unieron otras acciones judiciales de acusaciones como la organización ultracatólica Hazteoír.

La ley exime a un testigo de declarar en contra de su pareja

La Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) exime a cualquier persona citada como testigo en un procedimiento judicial de declarar en contra de su cónyuge.

La dispensa a declarar se regula en el artículo 416 de esa ley y se aplica a “los parientes del procesado en líneas directa ascendente y descendente, su cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial, sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil”.

La ley establece que el juez instructor debe advertir de ese derecho al testigo que se encuentre en esa situación, como es el caso del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

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