Un juzgado de Castuera, Badajoz, condena al Santander por el Banco Popular

Un juzgado de Castuera, Badajoz, condena al Santander por el Banco Popular

Este tribunal de primera instancia dicta que el folleto de ampliación de capital del Popular de 2016 no reflejaba la realidad de la entidad financiera
09 abril, 2021
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Actualizado: 09 abril, 2021 14:22
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Un juzgado de primera instancia de Castuera (Badajoz) ha condenado al Santander a devolver 130.818 euros a un particular que compró acciones de la ampliación de capital de 2016 del Banco Popular, al entender que el folleto no reflejaba la realidad y distorsionaba la verdadera situación del banco.

En una sentencia fechada el pasado 29 de marzo, la jueza María Rita Álvarez Fernández insta al Santander a devolver a un transportista 130.818 euros empleados en la compra de 108.309 acciones de la ampliación de capital llevada a cabo por el Popular en 2016.

La magistrada asume así lo expuesto por los peritos judiciales del caso que en la Audiencia Nacional investiga las dos últimas gestiones del Banco Popular.

Los técnicos del Banco de España aseguraron en sede judicial que la entidad era «solvente, viable y estable» a cierre de 2016, meses antes de su resolución, en junio de 2017, si bien ratificaron sus dudas sobre el tratamiento contable.

El Popular ocultó una grave situación económica, según la jueza de Castuera, Badajoz

La jueza de Badajoz entiende que el Popular «ocultó su grave situación económica que arrastraba por la crisis inmobiliaria», y hace suyos los argumentos de una sentencia de la Audiencia Provincial de Tarragona que señalaba que el folleto de la ampliación de capital «estaba manipulado y era parcial y no fue útil ni fiable para evaluar la inversión y la toma de decisiones».

La información que facilitaba el folleto «estaba manipulada y era parcial», ya que el documento «distorsionaba la verdadera situación del banco, al no respetarse aspectos de la normativa contable y no considerarse correctamente la certera de créditos en riesgo de impago, ni valorar correctamente los activos».

Era por lo tanto «imposible» para el cliente «ponderar el estado de solvencia real y la solidez de su situación financiera», ya que el folleto «no fue útil ni fiable para evaluar la inversión y la toma de decisiones».

De ahí que el inversor tomó «una decisión equivocada que provocó daños».

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