Gullón explica que el TGUE avala fabricar el modelo Oreo pero no la marca
El Tribunal General Europeo dictamina que ninguna empresa puede acaparar la fabricación de galletas sándwich negras con relleno blanco. La
sentencia que resuelve en contra del registro de marca de un envase y producto específico de Galletas Gullón que ya no se comercializa, da la
razón a Mondélez que se personaba en esta causa bajo la sociedad estadounidense Intercontinental Great Brands LLC, propietaria de la
marca Oreo, y le aclara que no puede monopolizar este producto. La Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) concedió a Galletas
Gullón el registro de esta marca, lo que entró posteriormente en conflicto con la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), que
en 2017 estableció la galletera aguilaerense podría “aprovecharse indebidamente de la notoriedad de la marca de la sociedad estadounidense”.
Frente a esta decisión, la marca española presentó un recurso ante el TGUE, que ha sido desestimado en la sentencia publicada este jueves.
Gullón alegaba la falta de carácter distintivo de la forma de la galleta, la inexistencia de similitudes entre los signos en conflicto y la inexistencia de
perjuicio para la marca de Intercontinental Great Brands. El Tribunal europeo desestimó por infundadas las alegaciones relativas a la falta de carácter distintivo de la forma de las galletas, ya que, en palabras del TGUE, la Intercontinental Great Brands “goza de un renombre excepcional en España y en toda la Unión” por su uso “prolongado e intensivo”.
Ante esta decisión, Galletas Gullón, que ha recibido y está revisando la sentencia del TGUE, se abstiene de hacer comentarios.