Es ilegal quitar puntos o multar sin saber quiƩn conduce
La Dirección General de TrĆ”fico (DGT) no puede multar ni retirar puntos a un conductor si no sabe la identidad del conductor.Ā TrĆ”fico no puede retirar puntos si no tiene pruebas de que era Ć©l quien conducĆa.
Seún ha publicado El Español, la advertencia aparece en una sentencia del Juzgado de lo Contencioso número 6 de Madrid que el pasado mes de mayo anuló una multa de este tipo.
Multar al propietario de un coche por una infracción cometida con ese vehĆculo en carretera es ilegal siempre y cuando no se pueda identificar a quien lleva el coche. En este sentido, la legislación espaƱola contempla sanciones de 900 euros para los propietarios que se nieguen a identificar a los conductores tras recibir una infracción, lo que supone una sanción administrativa por la falta de colaboración que no puede acarrear una pĆ©rdida de puntos.
Los propietarios que se nieguen a identificar a los conductores tras recibir una infracción de estas caracterĆsticas deben hacer frente a una sanción de 900 euros,Ā multa que corresponde a una sanción administrativa por Ā«falta de colaboraciónĀ», pero no es una multa de trĆ”fico, por lo que no puede acarrear una pĆ©rdida de puntos.
Debido a que estas sanciones son tan cuantiosas ya que el nivel de impagos a la Administración es muy elevado, las delegaciones de TrÔfico optan por interponer los 300 euros de multa y la pérdida de puntos, atribuyendo a la persona que figura en los papeles del coche la responsabilidad de la infracción.