Un juez frena el cambio de calles en Alicante y ordena reponer las antiguas

Un juez frena el cambio de calles en Alicante y ordena reponer las antiguas

12 enero, 2017
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Actualizado: 12 enero, 2017 14:37
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Un juez ha paralizado cautelarmente el cambio de calles que se está acometiendo en Alicante en aplicación de la Ley de Memoria Histórica y ha ordenado reponer las antiguas placas de rotulación que se hubieran sustituido.
La titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 4 de Alicante ha adoptado esta decisión en un auto en el marco del recurso presentado por el grupo municipal del PP contra la medida del tripartito de izquierdas que gobierna la ciudad (PSPV, Guanyar y Compromís).
La magistrada María Begoña Calvet ha paralizado igualmente todos los trámites administrativos realizados para el cambio de denominación de las vías afectadas y el «restablecimiento de las denominaciones primitivas».
La resolución, facilitada a Efe por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), reprocha al Consistorio haya «hurtado» al juzgado la posibilidad de pronunciarse sobre la paralización cautelar reclamada por el PP al ejecutar directamente el acuerdo municipal.
La junta local de gobierno acordó el cambio del callejero el pasado 15 de noviembre, pero el grupo municipal del PP lo recurrió en el juzgado y reclamó la paralización cautelar de la iniciativa, que la Concejalía de Cultura empezó a aplicar con la sustitución de placas al mes siguiente.
«El Ayuntamiento, pese a tener conocimiento no solo de la pendencia de un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo, sino además de la apertura de la correspondiente medida cautelar, procedió de manera precipitada y motivada», según el auto judicial.
La magistrada sostiene que no concurrían «razones de urgencia que justificaran tal inmediato proceder», que incluyó la comunicación a otras entidades y organismos afectados por estos cambios y a los jefes de distintas unidades administrativas municipales.
El gobierno municipal alegó el pasado 4 de enero en el juzgado que se oponía a la medida cautelar reclamada por el PP porque «el acto administrativo ya se estaba ejecutando».
La juez considera que esa actuación vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva porque puede provocar que el futuro fallo «favorable» al recurso «devenga inútil» ante la «producción de situaciones irreversibles y contrarias a derecho».
Además, entiende Calvet que el recurso de los populares «en modo alguno puede calificarse de infundado», pues en el mismo «se articulan un total de cuatro motivos de impugnación, tanto de forma como de fondo que necesariamente deben ser valorados» y desembocar en una sentencia que «dirima la controversia existente».
La resolución, que puede ser recurrida ante la sala de lo Contencioso del TSJCV, alerta también del «evidente perjuicio» que puede ocasionar a la ciudadanía la ejecución de un acto administrativo como el cuestionado «sin esperar al pronunciamiento de este juzgado».
En esa línea, como precisa a continuación la juez, el consistorio ya ha iniciado los trámites administrativos para modificar el callejero en los archivos, registros y entidades a las que se les ha comunicado esos cambios, como Subdelegación del Gobierno, Policía, empresas de transporte urbano, compañías telefónicas o Castrato, entre otras.
Esas actuaciones conllevan «una evidente pérdida de la finalidad legítima del recurso» porque consolidan un «estado de hecho que difícilmente podría ser alterado posteriormente sin generar perjuicios», agrega.

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