El Juzgado declara no culpable el concurso del Racing y exime a Pernía

El Juzgado declara no culpable el concurso del Racing y exime a Pernía

29 febrero, 2016
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Actualizado: 29 febrero, 2016 0:00
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Santander, 29 feb.- El Juzgado de lo Mercantil de Santander ha declarado fortuito -no culpable- el concurso de acreedores solicitado por el Racing de Santander en julio de 2011, con lo que exime al entonces presidente del club, Francisco Pernía, del pago de una indemnización de 4,9 millones por daños a la entidad.

Los administradores del Racing solicitaron que el concurso se declarase culpable por la actuación de Pernía y de la sociedad Western Gulf Advisory Holding (WGA), utilizada por el empresario Ahsan Ali Syed en enero de 2011 para hacerse con el 98 por ciento de las acciones del club, convirtiéndose así en accionista mayoritario.

Pedían la inhabilitación de los dirigentes del club para administrar bienes y representar o administrar a cualquier persona por un plazo de cinco años; la pérdida de todos sus derechos como acreedores, y que Pernía indemnizara al club con casi 5 millones de euros por daños y perjuicios, una petición a la que se sumó la Fiscalía.

Los administradores concursales basaron su petición en tres causas: demora en la solicitud de concurso; incumplimiento de modo reiterado y sistemático del deber de colaboración con ellos, y actuaciones que supusieron la salida injustificada de 4,9 millones de euros del club, unos gastos excesivos e injustificados que agravaron la situación de insolvencia.

El juez solo ha enjuiciado como causa de calificación culpable del concurso los gastos de los dos años anteriores a la declaración del concurso, es decir, hasta el 7 de julio de 2009, mucho antes de la llegada de Aly Shied.

Entre esos gastos, se citan transferencias por importe de 965.000 euros para la Escuela de Fútbol del Racing Primavera entre las temporada 2007/2008 y 2010/2001; los fichajes y traspasos de los jugadores Tchite, Smolarek, Zigic y Garay; gastos de representación, o la compra de un vehículo de lujo, de más de 70.000 euros.

Sin embargo, el Juzgado de lo Mercantil establece que no ha quedado acreditado que la actuación de Pernía y de la sociedad de Ali Syed, declarado en rebeldía en esta causa, agravara la situación de insolvencia del club.

Tampoco se ha acreditado «scientia fraudis», es decir, que Pernía supiera que estaba causando un perjuicio y que exista conexión entre la salida injustificada desde 2007 de cerca de cinco millones de euros del club con la situación de insolvencia de la entidad, que en el momento de declararse el concurso tenía unas deudas de más de 48 millones de euros.

En una sentencia notificada hoy a las partes, el magistrado Carlos Martínez de Marigorta explica que para que un concurso sea calificado como culpable debe acreditarse el nexo causal entre la conducta y la generación o agravación de la insolvencia, lo que no ha quedado acreditado.

La desaparición de Aly Syed, indica en la sentencia, no ha de enjuiciarse desde el prisma societario, sino del concursal y no se ha probado desatención a ningún requerimiento expreso de colaboración.

Sobre la demora en la solicitud del concurso, que según la Ley Concursal debe producirse en el plazo de dos meses desde que sobreviene la insolvencia, el juez explica que el administrador concursal no fija con claridad en qué fecha se produjo la insolvencia.

La resolución del Juzgado de lo Mercantil «no excluye ni prejuzga otros enjuiciamientos ya sean penales o civiles por responsabilidad societaria» y es recurrible ante la Audiencia de Cantabria en un plazo de veinte días, a contar desde mañana. EFE

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