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La Audiencia Nacional: los incidentes del 11-M en Pamplona son terrorismo

La Audiencia Nacional: los incidentes del 11-M en Pamplona son terrorismo

27 abril, 2017
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Actualizado: 27 abril, 2017 15:24
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La juez Carmen Lamela ha confirmado que instruirá la causa de los incidentes de Pamplona al ser constitutivos de un delito de terrorismo.

En el auto al que ha tenido acceso Intereconomía.com, Lamela apunta a «terrorismo en concurso con desórdenes públicos, lesiones, daños, incendio y atentado» y no un acto aislado de desórdenes públicos. Fueron un conjunto de acciones violentas concertadas por un grupo de jóvenes de la iniciativa Errepresioari Autodefentsa, «bajo la cual se convocó la manifestación no comunicada y no autorizada, en el transcurso de la cual acaecieron los hechos objeto de investigación».

Durante el recorrido los manifestantes lanzaron todo tipo de objetos contundentes contra la fuerza actuante, a la vez que arremetían contra todos los establecimientos comerciales que se encontraban en las inmediaciones de lugar.

Poco después se sumaron al grupo de jóvenes otros 8. Los nuevos integrantes vestían «completamente de negro, encapuchados y embozados con bragas de cuello, portando cada uno de ellos unas bolsas de plástico de gran dimensión, de color azul y blanco a cuadros en damero, de gran peso, contendiendo en su interior al parecer piedras u otro tipo de objetos contundentes, los cuales se integran en dicha manifestación hasta alcanzar el centro de la multitud, en lo que se aprecia claramente como un acto plenamente concertado y coordinado«.

Piedras contra la Policía

Igualmente, en el curso de la manifestación procedieron a cruzar y volcar contenedores de vidrio y basura, llegando a quemar varios de ellos, al tiempo que lanzaban objetos contundentes a los agentes de policía e intentaban quemar los cajeros automáticos así como atacar a los establecimientos comerciales. Poco después, según el auto, mostraron su intención de «enfrentarse a la fuerza uniformada».

Asimismo,  los partícipes de la manifestación y «de forma muy violenta comienzan a lanzar una lluvia de piedras contra las Unidades Uniformadas que se encontraban en la Plaza del Castillo, significándose que en esos momentos había multitud de personas ajenas a este acto transitando por la zona».

Además, «procedieron de nuevo a hostigar a las unidades uniformadas que se encontraban en Plaza del Castillo con Chapiteia, conformando en esta zona barricadas con vuelco de contenedores y lanzando piedras y botellas contundentemente contra los policías
uniformados». Los jóvenes violentos movilizaron dos contenedores, uno de vidrio y ardiendo, y los hicieron rodar, sin importar las personas que pasaban por la zona en ese momento.

El petardo llevaba escrito el nombre de un bar donde se lanzó

Poco después, se lanzaron varios petardos de gran potencia en el Bar Tinglado, impactando contra las personas que se encontraban en el interior de dicho local. Como consecuencia de ello, varios de los afectados se fueron trasladados al hospital para ser atendidos.

«El responsable del citado Bar recogió del suelo, tras estos sucesos, un trozo de papel cartón que venía pegado en alguno de los petardos, con la inscripción manuscrita «TINGLAO», por lo que sospecha que el lanzamiento de los petardos no ha sido casual dentro del enfrentamiento con los policías uniformados, sino que estaba premeditado y dirigido contra el mismo por los radicales», han afirmado.

Así la juez rechaza el recurso de reforma de las tres personas que están en prisión por estos hechos y destaca que lo que ocurrió aquel día en la ciudad navarra, lejos de ser un acto aislado de desórdenes públicos, como lo calificaban los recurrentes, fue un conjunto de acciones violentas concertadas entre los tres detenidos con el resto de los violentos para alterar la paz pública y que pusieron en grave peligro la integridad de los funcionarios de policía y de ciudadanos que se encontraban en el  lugar de los hechos.

La juez detalla la sucesión de actos violentos cometidos en la manifestación del 11 de marzo en varias calles del Casco Antiguo de Pamplona. Recuerda que se trataba de una manifestación no autorizada en la que se corearon lemas en euskera como “Borroka da bide bakarra” (“la lucha es el único camino”) , “Gora ETA” y “Euskal Presoak”.

A lo largo de varias calles se destrozó mobiliario urbano, se causaron daños en establecimientos comerciales, se hizo explosionar material pirotécnico y varias personas resultaron lesionadas. Ante “tal sucesión de hechos”- señala la juez- no puede concebirse como un acto aislado, sino “en el conjunto de las acciones llevadas a cabo por los violentos contra personas (fundamentalmente agentes de la autoridad), edificios, comercios, siendo la actuación de todos ellos lo que provocó la grave alteración de la paz públicas”.

La magistrada considera “obvio” el concierto entre los tres detenidos con el resto de los violentos, surgiendo claramente la “coautoría” tal y como la concibe el Tribunal Supremo, “como un supuesto de “división de trabajo”, requiriendo, pues, una decisión conjunta, un codominio del  hecho” y en definitiva, una división de funciones entre cada uno de los intervinientes.

Frente a los recurrentes que consideran que los hechos no pueden calificarse como terrorismo porque no son graves, la magistrada sí los considera graves  en tanto que “ocasionaron una evidente alteración de la paz pública y pusieron en peligro la integridad de los funcionarios de policía y demás ciudadanos que en aquel momento se encontraban en el lugar de los hechos”.

La magistrada concluye reiterando que los hechos investigados son competencia de la Audiencia Nacional porque no es necesario que los presuntos autores estén integrados en bandas armadas o grupos terroristas, “siendo suficiente con que estén relacionados con elementos terroristas, lo cual en este momento no puede excluirse teniendo en cuenta las consignas lanzadas por los manifestantes, tales como “Borroka da bide” “Gora ETA” o “Euskal presoak».

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