España limita las comisiones por cancelar la hipoteca anticipadamente

España limita las comisiones por cancelar la hipoteca anticipadamente

27 julio, 2016
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Actualizado: 27 julio, 2016 13:34
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España abaratará por ley el coste de amortizar anticipadamente una hipoteca o cualquier préstamo inmobiliario, incluso los ya firmados, y permitirá que, de forma general, a partir del sexto año la entidad financiera no cobre comisión alguna por este concepto al consumidor.
En caso de reembolso o amortización anticipada total o parcial de un préstamo inmobiliario en los cinco primeros años de vida del crédito, el consumidor podrá tener que pagar una comisión de hasta un 0,25% del capital reembolsado anticipadamente por la hipoteca o el importe de la pérdida financiera que pudiera sufrir el prestamista.
Si la amortización se produce, sin embargo, en los tres primeros años de vigencia del préstamo, el límite se mantiene en el 0,50% que opera en la actualidad para los cinco primeros años de la vida del crédito.

A partir del quinto año, un 0,25% y del 0% a partir del sexto

A partir del quinto año, la normativa vigente fija un límite del 0,25% y en el anteproyecto de ley la comisión es cero desde el sexto año, por lo que las mejores noticias para los consumidores vendrán a partir de entonces, cuando se allana el camino a miles de hipotecados, tanto actuales como futuros.
En cualquier caso, si el cliente pacta unas condiciones mejores para la hipoteca, serán éstas las que se apliquen, como ocurre en la actualidad.
El fin de la comisión de amortización a partir del sexto año es una de las principales novedades del anteproyecto de ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, consultado por Efe y que el Ministerio de Economía ha sacado a consulta pública hasta el próximo 15 de septiembre.
Con este trámite, el departamento que dirige en funciones Luis de Guindos trata de avanzar en la incorporación de una directiva europea cuyo plazo de trasposición concluyó el pasado 21 de marzo de 2016 y que apenas han incorporado media docena de países.

Se ofrece la posibilidad de cambiar la divisa del préstamo

Otra de las novedades es que el texto ofrece al consumidor el derecho de cambiar la divisa de referencia del préstamo de la hipoteca, se regulan las funciones de asesoramiento y se «prohíben» las ventas vinculadas, aunque eso no impedirá que puedan seguir existiendo como fórmula de abaratar la financiación, siempre que se ofrezcan los préstamos por separado en condiciones de mercado o haya una autorización expresa del Banco de España.
Además, con la idea de evitar los errores del pasado, la nueva regulación establecerá límites a la política retributiva de los empleados de entidades de crédito o cualquier otra empresa prestataria, lo que se traduce en que no podrá haber incentivos por el número de hipotecas comercializadas.

No podrá haber incentivos por número de hipotecas

Por último, el texto pretende mejorar los requisitos de experiencia y conocimiento que deben tener los prestamistas o intermediarios de entidades, e incluso establece la obligatoriedad de contar con una formación específica, que la directiva exige a partir de 2019.
Todos ellos estarán supervisados o por las propias comunidades autónomas, o en el caso de que su ámbito de actuación vaya más allá de una región o se trate de una entidad de crédito, directamente por el Banco de España.

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